III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-14646)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 86996

Interviniendo en el ejercicio de sus cargos y haciendo uso de la representación que
ostentan, ambas partes se reconocen suficiente capacidad legal y competencia para
celebrar el presente convenio y en relación con el mismo
EXPONEN
I. Que la reducción de cargas administrativas constituye un objetivo y un
compromiso del Gobierno de España, correspondiendo al Ministerio de Hacienda y
Función Pública (en adelante MINHFP), por medio de la Secretaría de Estado de
Función Pública, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 14, apartado primero j) del Real
Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales, «la política de reducción de cargas administrativas y la
simplificación y mejora de los procedimientos administrativos y de la calidad de los
servicios públicos, en el ámbito de la Administración General del Estado».
II. Que la modernización, racionalización y simplificación de los procedimientos
administrativos, en cuanto propicia la reducción de trámites y cargas burocráticas,
además de facilitar la relación entre los ciudadanos y la Administración, contribuye a
reducir los costes administrativos de explotación de las actividades mercantiles,
ayudando a mejorar la competitividad de las empresas y a estimular su desarrollo.
III. En la vía del enfoque participativo que promueve el gobierno abierto, se puede
avanzar en la mejora del funcionamiento de la Administración y de sus servicios,
implicando a ciertos destinatarios de los servicios públicos a una experiencia conjunta de
búsqueda de soluciones a problemas concretos. Este cambio cultural pretende favorecer
espacios donde la Administración Pública comparta sus datos, estrategias, trayectoria y
recursos y los ponga a disposición del sector empresarial o social (que aporta su
experiencia como usuario de procedimientos).
IV. Que la CEOE y la CEPYME vienen colaborando desde 2009 con el MINHFP
para la identificación y propuesta de solución a las cargas administrativas que soportan
las empresas.
V. Con el ánimo de seguir avanzando en esta línea de trabajo colaborativo
emprendida, tan útil y necesaria para la competitividad de las empresas españolas, y
finalizada la vigencia del anterior convenio suscrito con la CEOE y la CEPYME, cuyo
objeto fue identificar y plantear propuestas de reducción de cargas administrativas en el
contexto de la Estrategia España Nación Emprendedora, el MINHFP y dichas
organizaciones consideran de interés abordar, en sintonía con los principales
documentos de prospectiva y visión a largo plazo del Gobierno de España, en un periodo
de tiempo más amplio, mediante la formalización de un nuevo convenio bienal, la
identificación y planteamiento de propuestas concretas de reducción de cargas
administrativas.
VI. Este cambio viene justificado por la necesidad de dotar de estabilidad a la
política de reducción de cargas, y por la visión de la Dirección General de Gobernanza
Pública, encargada de llevar a término esta actividad, de fijar unos ámbitos sectoriales y
procedimentales específicos sobre los que actuar no de manera puntual, sino sistémica.
Se pretende superar una lógica de trabajo más bien anual, para transitar hacia una
planificación de vigencia más prolongada en el tiempo y selectiva en su objeto.
VII. Que la CEOE es una organización empresarial independiente, de carácter
confederal e intersectorial y ámbito nacional, constituida, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 7 de la Constitución, para la coordinación, representación,
gestión, fomento y defensa de los intereses empresariales, generales y comunes, que le
son propios de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de sus Estatutos, siendo
actualmente la organización empresarial más representativa.
Que la CEPYME es una organización empresarial independiente, de carácter
confederativo e intersectorial, de ámbito nacional constituida, de conformidad con lo

cve: BOE-A-2023-14646
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Núm. 146