III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-14657)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Agencia EFE, SAU, S.M.E., para la presentación de la Exposición conmemorativa del 40 aniversario de los premios internacionales Rey de España de periodismo en los jardines del Palacio Real de Madrid (Campo del Moro).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Martes 20 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87035
Institucionales de la Agencia EFE y por un representante del Departamento de
Comunicación y de la Dirección de Inmuebles y Medio Natural del Patrimonio Nacional.
Quinta.
Difusión de la colaboración.
Ambas entidades se comprometen a destacar la colaboración objeto del presente
convenio, incluyendo sus logotipos en cuantos medios se utilicen para la promoción y
difusión (inserciones en prensa, programa, folletos, comunicaciones, páginas web, etc.),
así como en las actividades y en la documentación que se genere como consecuencia
del desarrollo del convenio, respetando en todo caso el logotipo y directrices de imagen
externa que se indiquen por las entidades.
A tales efectos, las partes facilitarán los elementos gráficos y de imagen
correspondientes a su identidad corporativa, que solo podrán ser utilizados con tal
exclusiva finalidad.
Sexta.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a usar de manera confidencial los datos de carácter
personal derivados de la ejecución del Acuerdo y a tratarlos de acuerdo con lo dispuesto
en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como en el resto de la normativa vigente en materia de
protección de datos de carácter personal.
Asimismo, las partes se comprometen a adoptar las medidas de carácter técnico y
organizativo necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida de tratamiento y acceso no autorizado.
De forma previa a la grabación de los contenidos audiovisuales, en los supuestos
que sea necesario recabar el consentimiento de los interesados, se informará a los
mismos de la cesión de dichos contenidos al cesionario.
Las personas cuyos datos sean objeto de tratamiento pueden ejercitar los derechos
contemplados en el RGPD ante: info@patrimonionacional.es por parte de Patrimonio
Nacional y dpo@efe.com por parte de la Agencia EFE.
Por su parte, Patrimonio Nacional mediante la formalización del presente convenio
declara tener su propio código de conducta y sistema de prevención de delitos aplicable
a su propia actividad y que, este, respeta los principios básicos que se establecen en el
Código Ético de Proveedores de EFE (disponible en https://agenciaefe.es/codigo-eticoproveedores/).
Patrimonio Nacional deberá notificar a EFE cualquier infracción del Código Ético de
Proveedores por parte de sus administradores/as, directivos/as, empleados/as y/o
colaboradores/as, en la medida en que se vea afectada la relación con EFE, o cualquier
comportamiento inadecuado por parte de administradores/as, directivos/as,
empleados/as y/o colaboradores/as de EFE. A tal fin, las comunicaciones realizadas, ya
contengan comunicaciones de incumplimiento o consultas relativas a su interpretación o
aplicación, podrán hacerse llegar a la organización a través del siguiente medio:
cumplimiento@efe.com. Patrimonio Nacional deberá colaborar incondicionalmente con
EFE en el desarrollo de cualquier actividad de investigación de las conductas objeto de
comunicación.
En caso de incumplimiento de los términos de la presente cláusula por parte de
Patrimonio Nacional, EFE podrá resolver el presente contrato con efectos inmediatos, y
cve: BOE-A-2023-14657
Verificable en https://www.boe.es
Séptima. Cumplimiento.
Núm. 146
Martes 20 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87035
Institucionales de la Agencia EFE y por un representante del Departamento de
Comunicación y de la Dirección de Inmuebles y Medio Natural del Patrimonio Nacional.
Quinta.
Difusión de la colaboración.
Ambas entidades se comprometen a destacar la colaboración objeto del presente
convenio, incluyendo sus logotipos en cuantos medios se utilicen para la promoción y
difusión (inserciones en prensa, programa, folletos, comunicaciones, páginas web, etc.),
así como en las actividades y en la documentación que se genere como consecuencia
del desarrollo del convenio, respetando en todo caso el logotipo y directrices de imagen
externa que se indiquen por las entidades.
A tales efectos, las partes facilitarán los elementos gráficos y de imagen
correspondientes a su identidad corporativa, que solo podrán ser utilizados con tal
exclusiva finalidad.
Sexta.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a usar de manera confidencial los datos de carácter
personal derivados de la ejecución del Acuerdo y a tratarlos de acuerdo con lo dispuesto
en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como en el resto de la normativa vigente en materia de
protección de datos de carácter personal.
Asimismo, las partes se comprometen a adoptar las medidas de carácter técnico y
organizativo necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida de tratamiento y acceso no autorizado.
De forma previa a la grabación de los contenidos audiovisuales, en los supuestos
que sea necesario recabar el consentimiento de los interesados, se informará a los
mismos de la cesión de dichos contenidos al cesionario.
Las personas cuyos datos sean objeto de tratamiento pueden ejercitar los derechos
contemplados en el RGPD ante: info@patrimonionacional.es por parte de Patrimonio
Nacional y dpo@efe.com por parte de la Agencia EFE.
Por su parte, Patrimonio Nacional mediante la formalización del presente convenio
declara tener su propio código de conducta y sistema de prevención de delitos aplicable
a su propia actividad y que, este, respeta los principios básicos que se establecen en el
Código Ético de Proveedores de EFE (disponible en https://agenciaefe.es/codigo-eticoproveedores/).
Patrimonio Nacional deberá notificar a EFE cualquier infracción del Código Ético de
Proveedores por parte de sus administradores/as, directivos/as, empleados/as y/o
colaboradores/as, en la medida en que se vea afectada la relación con EFE, o cualquier
comportamiento inadecuado por parte de administradores/as, directivos/as,
empleados/as y/o colaboradores/as de EFE. A tal fin, las comunicaciones realizadas, ya
contengan comunicaciones de incumplimiento o consultas relativas a su interpretación o
aplicación, podrán hacerse llegar a la organización a través del siguiente medio:
cumplimiento@efe.com. Patrimonio Nacional deberá colaborar incondicionalmente con
EFE en el desarrollo de cualquier actividad de investigación de las conductas objeto de
comunicación.
En caso de incumplimiento de los términos de la presente cláusula por parte de
Patrimonio Nacional, EFE podrá resolver el presente contrato con efectos inmediatos, y
cve: BOE-A-2023-14657
Verificable en https://www.boe.es
Séptima. Cumplimiento.