III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-14579)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para los años 2021 y 2022 del Convenio colectivo estatal para las empresas del comercio de flores y plantas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86665
ACUERDOS
Primero.
De conformidad con el artículo 18 del convenio colectivo que establece lo siguiente:
«Cláusula de revisión salarial:
En el caso de que la suma de los incrementos de los años 2021 y 2022 pactados en
este convenio respectivamente, es decir un 2,30% de ambos años, sea inferior a la suma
del resultado de los índices de precios al consumo de los años 2021 y 2022, la diferencia
se incrementará en los salarios del 2023 con efectos de 1 de enero procediendo, en su
caso por parte de la Comisión Mixta del Convenio a la actualización de los salarios
del 2023.»
La suma de los índices de precios al consumo de los años 2021 y 2022 ha sido
del 12,20% (6.5% más 5,7% respectivamente). El resultante a aplicar en los salarios
de 2023 será del 9,90% (12,20% -2,30%).
Segundo.
Que una vez hallado el porcentaje a aplicar (9,9%), este se aplicará a los salarios
del 2023, adjuntándose dichas tablas salariales en la presente acta como Anexo I.
Tercero.
Se faculta a M.ª Dolores Díez García a realizar los trámites necesarios a los efectos
de registro y publicación en el sistema REGCON.
Es firmada de conformidad la presente acta.
ANEXO I
Salarios definitivos 2023
Administración y Gestión
de Empresa.
Establecimiento comercial
y atención al cliente.
Grupos
profesionales
Puestos de trabajo
Salario
mes/día
2023
I
Técnicos titulados.
1.558,85
II
Técnicos no titulados.
1.211,88
Jefe/a Administrativo/a.
1.102,31
III
Oficial/a Administrativo/a.
1.048,39
IV
Auxiliar Administrativo/a.
II
Maestro/a Florista.
1.215,92
III
Oficial/a Mayor.
1.099,65
IV
952,70
Oficial/a Florista.
34,50
Ayudante Florista.
34,16
Auxiliar Florista.
34,16
Personal Auxiliar de Ventas.
34,50
cve: BOE-A-2023-14579
Verificable en https://www.boe.es
Área funcional
Núm. 145
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86665
ACUERDOS
Primero.
De conformidad con el artículo 18 del convenio colectivo que establece lo siguiente:
«Cláusula de revisión salarial:
En el caso de que la suma de los incrementos de los años 2021 y 2022 pactados en
este convenio respectivamente, es decir un 2,30% de ambos años, sea inferior a la suma
del resultado de los índices de precios al consumo de los años 2021 y 2022, la diferencia
se incrementará en los salarios del 2023 con efectos de 1 de enero procediendo, en su
caso por parte de la Comisión Mixta del Convenio a la actualización de los salarios
del 2023.»
La suma de los índices de precios al consumo de los años 2021 y 2022 ha sido
del 12,20% (6.5% más 5,7% respectivamente). El resultante a aplicar en los salarios
de 2023 será del 9,90% (12,20% -2,30%).
Segundo.
Que una vez hallado el porcentaje a aplicar (9,9%), este se aplicará a los salarios
del 2023, adjuntándose dichas tablas salariales en la presente acta como Anexo I.
Tercero.
Se faculta a M.ª Dolores Díez García a realizar los trámites necesarios a los efectos
de registro y publicación en el sistema REGCON.
Es firmada de conformidad la presente acta.
ANEXO I
Salarios definitivos 2023
Administración y Gestión
de Empresa.
Establecimiento comercial
y atención al cliente.
Grupos
profesionales
Puestos de trabajo
Salario
mes/día
2023
I
Técnicos titulados.
1.558,85
II
Técnicos no titulados.
1.211,88
Jefe/a Administrativo/a.
1.102,31
III
Oficial/a Administrativo/a.
1.048,39
IV
Auxiliar Administrativo/a.
II
Maestro/a Florista.
1.215,92
III
Oficial/a Mayor.
1.099,65
IV
952,70
Oficial/a Florista.
34,50
Ayudante Florista.
34,16
Auxiliar Florista.
34,16
Personal Auxiliar de Ventas.
34,50
cve: BOE-A-2023-14579
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