III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-14461)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Navarra, para la formación en prácticas de sus alumnos de grado y de postgrado en el Centro de Medicina del Deporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Sábado 17 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86360
el límite máximo de cuatro años), cuyo objeto es regular las condiciones en que
estudiantes de la Universidad de Navarra realizarán un programa de prácticas
académicas externas o en la mencionada entidad. Este anexo se acoge al Real
Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29
de octubre, en el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, así como, a la Resolución de la Universidad XXXXX por la que se publica el
Plan de Estudios para la obtención del Título de Grado o Máster Universitario en …
(Especificar el Grado o Máster Universitario concreto).
Con la firma de este anexo, la Universidad asume las condiciones establecidas en el
mencionado Convenio y su cumplimiento en los términos estipulados en las
correspondientes Cláusulas reguladoras.
De acuerdo con el Plan de Estudios, la realización de prácticas académicas externas
tendrá una equivalencia de XX créditos.
1. Para la realización de las prácticas curriculares será necesario estar matriculado
en la mencionada actividad formativa.
2. La Universidad de Navarra, a través del Órgano responsable, tomará bajo su
responsabilidad y a su cargo, con vistas al desarrollo de las prácticas, la preparación de
un documento en el que hará constar:
a) El sistema que se establece para la adjudicación de plazas.
b) El perfil académico de los candidatos.
c) La dedicación máxima del estudiante.
d) El procedimiento establecido por el Centro para la calificación de los
correspondientes créditos.
La propuesta razonada de calificación tendrá en cuenta el informe presentado por y
el que necesariamente deberá presentar el estudiante sobre la labor realizada.
ANEXO II
Anexo del estudiante
Grado/Máster Universitario en … (Especificar el Grado o Máster Universitario concreto)
Datos a cumplimentar:
a) Datos personales del estudiante que realizará las prácticas.
b) Duración y horario de las prácticas.
c) Mención expresa del tutor académico de la Universidad de Navarra, responsable
de la supervisión del alumno para el correcto desarrollo del proyecto formativo y de su
evaluación; y del tutor designado por el CSD como supervisor y responsable de la
práctica.
cve: BOE-A-2023-14461
Verificable en https://www.boe.es
El presente anexo se incorpora al Convenio suscrito entre el Consejo Superior de
Deportes y la Universidad de Navarra, firmado con fecha dd/mm/aaaa y vigente durante
un máximo de cuatro años, cuyo objeto es regular las condiciones en que estudiantes de
la Universidad realizarán un programa de prácticas académicas externas o en la
mencionadas entidad. Este anexo se acoge al Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por
el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en el que se establece
la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, así como, a la Resolución de la
Universidad de Navarra. por la que se publica el Plan de Estudios para la obtención del
Título de Grado o Máster Universitario en … (Especificar el Grado o Máster Universitario
concreto).
De acuerdo con lo establecido en el mencionado convenio y en el anexo de
Titulación firmado entre la Universidad de Navarra y el Consejo Superior de Deportes, se
cumplimenta este anexo del Estudiante.
Núm. 144
Sábado 17 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86360
el límite máximo de cuatro años), cuyo objeto es regular las condiciones en que
estudiantes de la Universidad de Navarra realizarán un programa de prácticas
académicas externas o en la mencionada entidad. Este anexo se acoge al Real
Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29
de octubre, en el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, así como, a la Resolución de la Universidad XXXXX por la que se publica el
Plan de Estudios para la obtención del Título de Grado o Máster Universitario en …
(Especificar el Grado o Máster Universitario concreto).
Con la firma de este anexo, la Universidad asume las condiciones establecidas en el
mencionado Convenio y su cumplimiento en los términos estipulados en las
correspondientes Cláusulas reguladoras.
De acuerdo con el Plan de Estudios, la realización de prácticas académicas externas
tendrá una equivalencia de XX créditos.
1. Para la realización de las prácticas curriculares será necesario estar matriculado
en la mencionada actividad formativa.
2. La Universidad de Navarra, a través del Órgano responsable, tomará bajo su
responsabilidad y a su cargo, con vistas al desarrollo de las prácticas, la preparación de
un documento en el que hará constar:
a) El sistema que se establece para la adjudicación de plazas.
b) El perfil académico de los candidatos.
c) La dedicación máxima del estudiante.
d) El procedimiento establecido por el Centro para la calificación de los
correspondientes créditos.
La propuesta razonada de calificación tendrá en cuenta el informe presentado por y
el que necesariamente deberá presentar el estudiante sobre la labor realizada.
ANEXO II
Anexo del estudiante
Grado/Máster Universitario en … (Especificar el Grado o Máster Universitario concreto)
Datos a cumplimentar:
a) Datos personales del estudiante que realizará las prácticas.
b) Duración y horario de las prácticas.
c) Mención expresa del tutor académico de la Universidad de Navarra, responsable
de la supervisión del alumno para el correcto desarrollo del proyecto formativo y de su
evaluación; y del tutor designado por el CSD como supervisor y responsable de la
práctica.
cve: BOE-A-2023-14461
Verificable en https://www.boe.es
El presente anexo se incorpora al Convenio suscrito entre el Consejo Superior de
Deportes y la Universidad de Navarra, firmado con fecha dd/mm/aaaa y vigente durante
un máximo de cuatro años, cuyo objeto es regular las condiciones en que estudiantes de
la Universidad realizarán un programa de prácticas académicas externas o en la
mencionadas entidad. Este anexo se acoge al Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por
el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en el que se establece
la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, así como, a la Resolución de la
Universidad de Navarra. por la que se publica el Plan de Estudios para la obtención del
Título de Grado o Máster Universitario en … (Especificar el Grado o Máster Universitario
concreto).
De acuerdo con lo establecido en el mencionado convenio y en el anexo de
Titulación firmado entre la Universidad de Navarra y el Consejo Superior de Deportes, se
cumplimenta este anexo del Estudiante.