III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-14461)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Navarra, para la formación en prácticas de sus alumnos de grado y de postgrado en el Centro de Medicina del Deporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Sábado 17 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86353
IV. Que el Dpto. de Prácticas Externas de la Universidad de Navarra tiene
encargada la gestión de las prácticas académicas externas, en virtud de la Normativa
interna de Prácticas.
V. Que el Consejo Superior de Deportes (CSD) tiene como competencias, conforme
a lo dispuesto en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, entre otras:
– Promover e impulsar la investigación científica en materia deportiva de
conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Fomento y Coordinación General
de la Investigación Científica y Técnica.
– Promover e impulsar medidas de prevención, control y represión del uso de
sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios, destinados a aumentar
artificialmente la capacidad física de los deportistas o a modificar los resultados de las
competiciones.
VI. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo con lo
establecido en el la normativa de la Universidad de Prácticas Académicas Externas,
acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Por el presente convenio se establece el Programa de Cooperación Educativa entre
la Universidad de Navarra y el Consejo Superior de Deportes (CSD) para la realización
de prácticas académicas externas, trabajos fin de Grado y trabajos fin de Máster
Universitario por parte del alumnado de la Universidad de Navarra, de las titulaciones de
Grado/Máster Universitario en:
– Grado de Nutrición Humana y Dietética.
– Máster Universitario en Alimentación, Nutrición y Metabolismo.
Siempre que guarden relación con la materia y competencia propia del Consejo
Superior de Deportes, que conduzcan a completar sus estudios universitarios.
Por cada práctica se cumplimentará el anexo de titulación o anexo I adjunto a este
Convenio.
Adicionalmente a lo anterior, se firmará un anexo del Estudiante o anexo II adjunto a
este convenio, en el que en el que se consignarán los datos personales del estudiante
que realizará las prácticas, la duración y horario de las éstas, los tutores que las dos
entidades designan como responsables de las prácticas, las tareas a realizar, la
ausencia o no de ayudas al estudio y el régimen de permisos. Este documento será
firmado por el estudiante y por representantes de las dos partes firmantes del Convenio.
Las prácticas académicas externas que, al amparo del presente convenio, puede
realizar el alumnado de la Universidad de Navarra son «prácticas curriculares» y
«prácticas extracurriculares».
Normativa.
El presente Convenio se acoge a lo establecido en la normativa vigente, a lo
dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y a lo
preceptuado en el en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en la normativa
específica de la Universidad de Navarra.
cve: BOE-A-2023-14461
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 144
Sábado 17 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86353
IV. Que el Dpto. de Prácticas Externas de la Universidad de Navarra tiene
encargada la gestión de las prácticas académicas externas, en virtud de la Normativa
interna de Prácticas.
V. Que el Consejo Superior de Deportes (CSD) tiene como competencias, conforme
a lo dispuesto en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, entre otras:
– Promover e impulsar la investigación científica en materia deportiva de
conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Fomento y Coordinación General
de la Investigación Científica y Técnica.
– Promover e impulsar medidas de prevención, control y represión del uso de
sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios, destinados a aumentar
artificialmente la capacidad física de los deportistas o a modificar los resultados de las
competiciones.
VI. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo con lo
establecido en el la normativa de la Universidad de Prácticas Académicas Externas,
acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Por el presente convenio se establece el Programa de Cooperación Educativa entre
la Universidad de Navarra y el Consejo Superior de Deportes (CSD) para la realización
de prácticas académicas externas, trabajos fin de Grado y trabajos fin de Máster
Universitario por parte del alumnado de la Universidad de Navarra, de las titulaciones de
Grado/Máster Universitario en:
– Grado de Nutrición Humana y Dietética.
– Máster Universitario en Alimentación, Nutrición y Metabolismo.
Siempre que guarden relación con la materia y competencia propia del Consejo
Superior de Deportes, que conduzcan a completar sus estudios universitarios.
Por cada práctica se cumplimentará el anexo de titulación o anexo I adjunto a este
Convenio.
Adicionalmente a lo anterior, se firmará un anexo del Estudiante o anexo II adjunto a
este convenio, en el que en el que se consignarán los datos personales del estudiante
que realizará las prácticas, la duración y horario de las éstas, los tutores que las dos
entidades designan como responsables de las prácticas, las tareas a realizar, la
ausencia o no de ayudas al estudio y el régimen de permisos. Este documento será
firmado por el estudiante y por representantes de las dos partes firmantes del Convenio.
Las prácticas académicas externas que, al amparo del presente convenio, puede
realizar el alumnado de la Universidad de Navarra son «prácticas curriculares» y
«prácticas extracurriculares».
Normativa.
El presente Convenio se acoge a lo establecido en la normativa vigente, a lo
dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y a lo
preceptuado en el en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en la normativa
específica de la Universidad de Navarra.
cve: BOE-A-2023-14461
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.