III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-14455)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Cámara de Comercio de España, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Sábado 17 de junio de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 86218
Actuaciones a realizar por la Cámara de Comercio de España.
La Cámara de Comercio de España, para el cumplimiento del objeto del presente
convenio, realizará las siguientes actuaciones:
1. Propuestas para la reducción de cargas administrativas en los sectores y
procedimientos seleccionados como prioritarios:
La Cámara de Comercio de España asume el compromiso de analizar e identificar
las cargas administrativas existentes en el ámbito objeto de este convenio que sean
susceptibles de ser eliminadas y reducidas, así como de la formulación de las
propuestas de simplificación administrativa que resulten pertinentes. Dichas propuestas
irán acompañadas de la correspondiente estimación del ahorro que generarían aplicando
el Método Simplificado de medición de cargas administrativas, normativa a modificar y
órgano competente, y se acompañarán de la memoria explicativa correspondiente.
En caso de que sean formuladas varias propuestas de simplificación con la misma
identidad sustancial en cuanto al objeto, finalidad o tipo de medida adoptada, se
agruparán todas ellas en una única propuesta con el fin de facilitar el seguimiento por
parte del Centro Gestor.
Para la identificación de trabas y la concreción de las propuestas, la Cámara de
Comercio de España desarrollará las siguientes actuaciones:
a) Jornadas y foros de discusión con empresas que permitan un contacto directo
para conocer sus necesidades, impresiones y valoraciones y en las que dichos
representantes empresariales puedan manifestar directamente a la Cámara de Comercio
de España y a la propia Administración sus propuestas de simplificación.
La Cámara de Comercio de España organizará un mínimo de dos actividades
anuales, que se celebrarán en 2023, preferiblemente, antes del 30 de octubre, y
en 2024, también antes del 30 de octubre. Dichas actividades se podrán realizar tanto de
forma presencial como a distancia, haciendo uso para ello de medios telemáticos.
b) Trabajo en la red de Cámaras de Comercio, con 300 puntos de asistencia directa
al empresario y emprendedor, atendidos por técnicos cualificados, que permitirá
canalizar las inquietudes y propuestas de los empresarios en el área de estudio objeto
de este convenio.
c) Colaboración con expertos y especialistas en las áreas de actuación acordadas,
para conocer sus análisis, así como perfilar y contrastar determinadas medidas.
d) Trabajo de gabinete de la Cámara de Comercio de España, con revisión
documental, legislativa y bibliográfica sobre la materia.
2.
Difusión y comunicación:
a) Con el fin de que los distintos agentes económicos y sociales conozcan las
actuaciones de las Administraciones Públicas y amplíen su colaboración al respecto, la
Cámara de Comercio de España asume el compromiso de participar en acciones de
sensibilización, difusión y comunicación sobre las medidas que se están implantando
desde la Administración para la simplificación administrativa, mediante los canales de
divulgación de la red de Cámaras de Comercio, la participación en actos, seminarios y
cve: BOE-A-2023-14455
Verificable en https://www.boe.es
La Cámara de Comercio de España hará entrega al MINHFP, a través de la Dirección
General de Gobernanza Pública, del informe en el que se relacionarán los trámites
identificados y las propuestas de reducción de cargas. El documento se entregará, en
todo caso, antes del 20 de noviembre de 2023 para el primer año de vigencia del
convenio, y en idéntica fecha en el año 2024.
Asimismo, la Cámara de Comercio de España aportará la información y documentación
en el formato que la Administración le indique, en aras del establecimiento y nutrición de
una base de datos de propuestas de reducción de cargas y simplificación que facilite el
seguimiento de las mismas.
Núm. 144
Sábado 17 de junio de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 86218
Actuaciones a realizar por la Cámara de Comercio de España.
La Cámara de Comercio de España, para el cumplimiento del objeto del presente
convenio, realizará las siguientes actuaciones:
1. Propuestas para la reducción de cargas administrativas en los sectores y
procedimientos seleccionados como prioritarios:
La Cámara de Comercio de España asume el compromiso de analizar e identificar
las cargas administrativas existentes en el ámbito objeto de este convenio que sean
susceptibles de ser eliminadas y reducidas, así como de la formulación de las
propuestas de simplificación administrativa que resulten pertinentes. Dichas propuestas
irán acompañadas de la correspondiente estimación del ahorro que generarían aplicando
el Método Simplificado de medición de cargas administrativas, normativa a modificar y
órgano competente, y se acompañarán de la memoria explicativa correspondiente.
En caso de que sean formuladas varias propuestas de simplificación con la misma
identidad sustancial en cuanto al objeto, finalidad o tipo de medida adoptada, se
agruparán todas ellas en una única propuesta con el fin de facilitar el seguimiento por
parte del Centro Gestor.
Para la identificación de trabas y la concreción de las propuestas, la Cámara de
Comercio de España desarrollará las siguientes actuaciones:
a) Jornadas y foros de discusión con empresas que permitan un contacto directo
para conocer sus necesidades, impresiones y valoraciones y en las que dichos
representantes empresariales puedan manifestar directamente a la Cámara de Comercio
de España y a la propia Administración sus propuestas de simplificación.
La Cámara de Comercio de España organizará un mínimo de dos actividades
anuales, que se celebrarán en 2023, preferiblemente, antes del 30 de octubre, y
en 2024, también antes del 30 de octubre. Dichas actividades se podrán realizar tanto de
forma presencial como a distancia, haciendo uso para ello de medios telemáticos.
b) Trabajo en la red de Cámaras de Comercio, con 300 puntos de asistencia directa
al empresario y emprendedor, atendidos por técnicos cualificados, que permitirá
canalizar las inquietudes y propuestas de los empresarios en el área de estudio objeto
de este convenio.
c) Colaboración con expertos y especialistas en las áreas de actuación acordadas,
para conocer sus análisis, así como perfilar y contrastar determinadas medidas.
d) Trabajo de gabinete de la Cámara de Comercio de España, con revisión
documental, legislativa y bibliográfica sobre la materia.
2.
Difusión y comunicación:
a) Con el fin de que los distintos agentes económicos y sociales conozcan las
actuaciones de las Administraciones Públicas y amplíen su colaboración al respecto, la
Cámara de Comercio de España asume el compromiso de participar en acciones de
sensibilización, difusión y comunicación sobre las medidas que se están implantando
desde la Administración para la simplificación administrativa, mediante los canales de
divulgación de la red de Cámaras de Comercio, la participación en actos, seminarios y
cve: BOE-A-2023-14455
Verificable en https://www.boe.es
La Cámara de Comercio de España hará entrega al MINHFP, a través de la Dirección
General de Gobernanza Pública, del informe en el que se relacionarán los trámites
identificados y las propuestas de reducción de cargas. El documento se entregará, en
todo caso, antes del 20 de noviembre de 2023 para el primer año de vigencia del
convenio, y en idéntica fecha en el año 2024.
Asimismo, la Cámara de Comercio de España aportará la información y documentación
en el formato que la Administración le indique, en aras del establecimiento y nutrición de
una base de datos de propuestas de reducción de cargas y simplificación que facilite el
seguimiento de las mismas.