III. Otras disposiciones. COMUNITAT VALENCIANA. Municipios. Denominaciones. (BOE-A-2023-14466)
Decreto 77/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el cambio de denominación del municipio de Alfarp, por Alfarb.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Sábado 17 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 86379

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNITAT VALENCIANA
14466

Decreto 77/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el
cambio de denominación del municipio de Alfarp, por Alfarb.

El Pleno del Ayuntamiento de Alfarp, en la sesiones de 30 de enero y 27 de marzo
de 2023, aprobó, por mayoría absoluta del número legal de miembros, el cambio de
denominación del municipio de Alfarp por Alfarb, de conformidad con los informes de la
Sección de Onomástica de la Acadèmia Valenciana de la Llengua de fechas 21 de
diciembre de 2022 y 13 de marzo de 2023.
Consta en el expediente el cumplimiento del trámite de información pública en el
«Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» núm. 25, de fecha 6 de febrero de 2023 y el
anuncio en la sede electrónica de la entidad local, por el plazo reglamentario, así como la
acreditación de la presentación de alegaciones, y su pertinente resolución mediante
acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 27 de marzo de 2023.
La Dirección General de Régimen Jurídico Autonómico y Local del Ministerio de
Política Territorial, certificó el 10 de abril de 2023 que, consultados los datos del Registro
de entidades locales, la nueva denominación de Alfarb, propuesta para el municipio de
Alfarp, de la provincia de Valencia, no coincide con la de ningún municipio inscrito en
dicho registro.
El Pleno de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, en la sesión del 28 de abril
de 2023, adoptó el acuerdo de considerar que el nombre más adecuado del topónimo del
municipio es Alfarb.
El artículo 21.1 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat
Valenciana, en relación con el artículo 13.2 del Decreto 69/2017, de 2 de junio, del
Consell, de regulación de los criterios y procedimiento para el cambio de denominación
de los municipios y otras entidades locales de la Comunitat Valenciana, dispone que
corresponde al Consell, mediante decreto, la aprobación del cambio de la denominación
de los municipios.
En la tramitación del procedimiento se han cumplido todas las prescripciones
contenidas en la legislación vigente sobre la materia y se ha tramitado el procedimiento
de acuerdo con lo que determina el Decreto 69/2017, de 2 de junio, del Consell.
Por todo ello, a propuesta del president de la Generalitat, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y de
acuerdo con las competencias que corresponden a la Presidencia de la Generalitat en
materia de administración local, al amparo del artículo 2 del Decreto 5/2019, de 16 de
junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la
denominación de las consellerias, y sus atribuciones, y previa deliberación del Consell,
en la reunión del día 26 de mayo de 2023, decreto:

Aprobar el cambio de denominación del municipio de Alfarp, por Alfarb.
Las referencias que se hubieren realizado a la denominación anterior se entenderán
hechas, a partir de la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Estado», a la
nueva denominación.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con
lo establecido en el artículo 114 c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento

cve: BOE-A-2023-14466
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Artículo único.