III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector gasista. (BOE-A-2023-14419)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las reglas del mercado organizado de gas y el contrato de adhesión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 85956

proporcionados inicialmente por los Agentes y los que los agentes en cualquier momento
faciliten, serán incorporados a un Registro de Actividades del tratamiento titularidad de
MIBGAS, SA, en su calidad de Operador del Mercado. El agente en cualquier momento
podrá modificar sus datos personales con el fin de que la información contenida en sus
ficheros esté en todo momento actualizada y no contenga errores.
MIBGAS, SA necesita tratar dichos datos para la ejecución del Contrato de Adhesión,
por lo que el tratamiento de tales datos personales se considera legítimo de conformidad
con el artículo 6.1.b del RGPD. En particular, MIBGAS, SA tratará estos datos
personales para las siguientes finalidades:
– El registro y seguimiento de los agentes de Mercado, asegurando las conexiones
dentro del Mercado Organizado de Gas.
– El mantenimiento de niveles adecuados de seguridad en el tráfico comercial de la
empresa.
Los datos serán conservados en todo caso mientras perdure la relación comercial
con el agente del mercado. En el momento en que dicha relación finalice, MIBGAS, SA
mantendrá dichos datos debidamente bloqueados con el único fin de atender las
responsabilidades de cualquier índole que pudieran surgir durante un periodo de 5 años.
Una vez prescriban tales responsabilidades, sus datos personales serán suprimidos. En
caso de que el agente proporcione datos de carácter personal referentes a personas
distintas a las que efectúan una solicitud, el agente garantiza que tales personas han
consentido la entrega de sus datos a MIBGAS, SA para tal objeto.
El agente queda informado también de que, entre los citados datos personales,
puede realizarse una grabación de seguridad de las conversaciones telefónicas de las
personas físicas que en cada momento intervengan en representación del agente. Por
ello, el agente también garantiza que tales personas le han consentido la entrega de sus
datos a MIBGAS, SA
MIBGAS, SA tratará sus datos personales de manera absolutamente confidencial.
Asimismo, ha implantado medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la
seguridad de sus datos personales y evitar su destrucción, pérdida, acceso ilícito o
alteración ilícita. A la hora de determinar estas medidas, se han tenido en cuenta criterios
como el alcance, el contexto y los fines del tratamiento; el estado de la técnica y los
riesgos existentes.
Asimismo, el agente presta su consentimiento para que los datos personales sean
cedidos a las siguientes entidades, que los utilizarán para sus propios fines:
– ENAGAS GTS, SA (ENAGAS) con el fin del cumplimiento de sus funciones en su
calidad de operador del sistema español.
– Otros Operadores del Sistema o del Mercado con el fin del cumplimiento de sus
respectivas funciones y de una óptima gestión de sus respectivos sistemas de
información.
– A los reguladores competentes.
El agente de Mercado podrá, en cualquier momento, ejercitar los derechos de
acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación, portabilidad y presentación de
reclamaciones, ante MIBGAS, SA.
Dichos derechos podrán ejercitarse mediante comunicación escrita dirigida a la sede
de MIBGAS, SA, sita en calle Alfonso XI, 6, 28014 Madrid, así como por correo
electrónico a: info@mibgas.es. En este sentido, deberá proporcionarse la siguiente
información: nombre y apellidos del interesado, domicilio a efectos de notificaciones,
fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o cualquier otro documento
identificativo, y petición en que se concrete la solicitud. En caso de que tal solicitud no
reúna los requisitos necesarios, MIBGAS, SA podrá requerir su subsanación.

cve: BOE-A-2023-14419
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 143