III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector gasista. (BOE-A-2023-14419)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las reglas del mercado organizado de gas y el contrato de adhesión.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85916
Cantidad mínima admitida en la oferta
10 MWh/d
Incremento mínimo de cantidad permitido
10 MWh/d
Cantidad máxima admitida en la oferta
20.000 MWh/d; este valor podrá ser actualizado por Instrucción de Mercado.
Unidad de precio
€/MWh con dos decimales
Precio mínimo admitido en la oferta
0,01 €/MWh
Incremento mínimo de precio permitido
0,01 €/MWh
Precio máximo admitido en la oferta
Se podrá determinar un precio máximo por Instrucción de Mercado.
Volumen del producto
1 MWh/d * Número de días de entrega del producto
Días de negociación
De lunes a viernes, conjunto de días comprendido entre el primero y el último día del mes anterior,
ambos inclusive, excluyendo los días que no sean de compensación según las reglas de la CCP.
Tipo de negociación
Subasta de apertura y mercado continuo
Sesión de negociación
Diaria
* El código «GMAES YYMM» sirve para identificar el periodo de entrega del producto. Por ejemplo: «GMAES 1509» se refiere al producto a adquirir o entregar
en el PVB el mes de septiembre de 2015.
3.3
3.3.1
Otras características según el tipo de producto.
Listado de productos y envío de ofertas a sesiones futuras.
Se considera que un producto está listado en la plataforma de negociación desde el
momento en el que aparece en dicha plataforma por primera vez hasta el momento en
que es retirado o finaliza la última sesión de negociación en la que se negocia el
producto.
Los productos de tipo intradiario y diario se listan en la plataforma de negociación
desde 4 días antes de su entrega; el producto de tipo fin de semana se lista desde el
jueves anterior a su primer día de negociación.
Para el caso de productos de tipo diario, excepcionalmente, para determinados días
de gas, se podrá ampliar los días en los que aparece listado hasta un máximo de seis
días. El Operador del Mercado publicará con antelación suficiente los productos
afectados y los días en los que aparecerá listado.
En todo momento se podrán enviar ofertas para las subastas de sesiones de
negociación futuras de todos los productos que estén listados en la plataforma de
negociación. Dichas ofertas quedarán almacenadas hasta el momento de apertura de la
subasta de la sesión de negociación a la que se hayan enviado las ofertas. Estas ofertas
podrán ser canceladas tal como se indica en la regla «Cancelación de ofertas».
Para los productos spot, MIBGAS, como Operador del Mercado, es responsable del
cálculo de los resultados económicos y de los procesos de facturación, cálculo de Límite
Operativo y gestión de cobros y pagos relativos a las transacciones del mercado de
estos productos, así como del envío de las prenotificaciones y notificaciones al GTS. Así
mismo, MIBGAS, como Gestor de Garantías, es responsable de la gestión de garantías
de dichos productos.
En relación a los productos prompt, los procesos de cálculo de resultados
económicos y de los procesos de compensación y gestión de garantías relativos a las
transacciones del mercado, así como el envío de notificaciones al GTS, serán prestados
por la CCP, de acuerdo a sus propias reglas y al Protocolo de colaboración para el
intercambio de información entre Enagás GTS y la CCP.
cve: BOE-A-2023-14419
Verificable en https://www.boe.es
3.3.2 Consideraciones relativas a los requerimientos de garantías y a procesos
posteriores a la casación.
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85916
Cantidad mínima admitida en la oferta
10 MWh/d
Incremento mínimo de cantidad permitido
10 MWh/d
Cantidad máxima admitida en la oferta
20.000 MWh/d; este valor podrá ser actualizado por Instrucción de Mercado.
Unidad de precio
€/MWh con dos decimales
Precio mínimo admitido en la oferta
0,01 €/MWh
Incremento mínimo de precio permitido
0,01 €/MWh
Precio máximo admitido en la oferta
Se podrá determinar un precio máximo por Instrucción de Mercado.
Volumen del producto
1 MWh/d * Número de días de entrega del producto
Días de negociación
De lunes a viernes, conjunto de días comprendido entre el primero y el último día del mes anterior,
ambos inclusive, excluyendo los días que no sean de compensación según las reglas de la CCP.
Tipo de negociación
Subasta de apertura y mercado continuo
Sesión de negociación
Diaria
* El código «GMAES YYMM» sirve para identificar el periodo de entrega del producto. Por ejemplo: «GMAES 1509» se refiere al producto a adquirir o entregar
en el PVB el mes de septiembre de 2015.
3.3
3.3.1
Otras características según el tipo de producto.
Listado de productos y envío de ofertas a sesiones futuras.
Se considera que un producto está listado en la plataforma de negociación desde el
momento en el que aparece en dicha plataforma por primera vez hasta el momento en
que es retirado o finaliza la última sesión de negociación en la que se negocia el
producto.
Los productos de tipo intradiario y diario se listan en la plataforma de negociación
desde 4 días antes de su entrega; el producto de tipo fin de semana se lista desde el
jueves anterior a su primer día de negociación.
Para el caso de productos de tipo diario, excepcionalmente, para determinados días
de gas, se podrá ampliar los días en los que aparece listado hasta un máximo de seis
días. El Operador del Mercado publicará con antelación suficiente los productos
afectados y los días en los que aparecerá listado.
En todo momento se podrán enviar ofertas para las subastas de sesiones de
negociación futuras de todos los productos que estén listados en la plataforma de
negociación. Dichas ofertas quedarán almacenadas hasta el momento de apertura de la
subasta de la sesión de negociación a la que se hayan enviado las ofertas. Estas ofertas
podrán ser canceladas tal como se indica en la regla «Cancelación de ofertas».
Para los productos spot, MIBGAS, como Operador del Mercado, es responsable del
cálculo de los resultados económicos y de los procesos de facturación, cálculo de Límite
Operativo y gestión de cobros y pagos relativos a las transacciones del mercado de
estos productos, así como del envío de las prenotificaciones y notificaciones al GTS. Así
mismo, MIBGAS, como Gestor de Garantías, es responsable de la gestión de garantías
de dichos productos.
En relación a los productos prompt, los procesos de cálculo de resultados
económicos y de los procesos de compensación y gestión de garantías relativos a las
transacciones del mercado, así como el envío de notificaciones al GTS, serán prestados
por la CCP, de acuerdo a sus propias reglas y al Protocolo de colaboración para el
intercambio de información entre Enagás GTS y la CCP.
cve: BOE-A-2023-14419
Verificable en https://www.boe.es
3.3.2 Consideraciones relativas a los requerimientos de garantías y a procesos
posteriores a la casación.