III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-14423)
Resolución de 6 de junio de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con Fundación Once, para la implantación de un programa de accesibilidad universal para personas con discapacidad por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Viernes 16 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 86003

Presupuesto:
El presupuesto asignado a cada entidad se ajustará durante el año 2023 en función
de los productos acordados con cada una de ellas.
ANEXO 2
Propuesta de difusión

cve: BOE-A-2023-14423
Verificable en https://www.boe.es

Se plantea el desarrollo de acciones de difusión durante el desarrollo de las
diferentes actividades objeto del presente acuerdo de colaboración, con el objetivo de
generar el máximo impacto en la sociedad.
Dichas acciones se plantearán a través de diferentes canales de difusión,
destacando en todo momento la ejecución de estas por parte del Real Patronato sobre
Discapacidad y la Fundación ONCE, indicando la colaboración con otras entidades en
caso de que hubieran participado.
En la descripción de cada una de las actividades anteriormente mencionadas, se
incorporan acciones específicas de difusión relacionadas con cada una de ellas, que
serán complementadas con acciones de difusión a nivel global por parte de la Fundación
ONCE mediante la mención en diferentes foros y jornadas públicas, redes sociales, etc...
La Fundación ONCE y el Real Patronato sobre Discapacidad podrán utilizar los
resultados obtenidos en la ejecución de las actividades objeto del presente Convenio, en
parte o en su totalidad, para su publicación o difusión por cualquier medio.
La Fundación ONCE deberá incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad
en todas las actividades objeto del presente Convenio que se efectúen con la subvención
concedida, así como en la documentación y la información tanto impresa como
electrónica sobre las actividades objeto de éste. Para ello se tendrá en cuenta lo
dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios
de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la
Administración General del Estado.
La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las
actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto
en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para
la Administración General del Estado.
La Fundación ONCE, a su vez, se obliga a elaborar una nota de prensa con detalle
de los trabajos realizados antes, durante o después del desarrollo de cada una de sus
actividades. Dicha nota se enviará al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá
utilizarla en los medios de comunicación que considere oportunos para el desarrollo de
sus fines de difusión.