III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-14413)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Estudios para la Comunicación Fija a través del Estrecho de Gibraltar, S.M.E., SA, para la transferencia de recursos económicos y obligaciones relativas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85855
C6.I2 de manera acorde con la parte descriptiva de la sección 1 del anexo CID y con el
mecanismo de verificación contenido en el OA.
Quinto.
Que con posterioridad se publica la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la
Secretaria General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de
clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de
medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que las
entidades ejecutoras del PRTR podrán valerse de entidades del sector público «para
llevar a cabo las acciones previstas en el PRTR, bajo la responsabilidad y la dirección de
la entidad ejecutora. Dichas entidades del sector público no tendrán la consideración de
entidades ejecutoras del PRTR, sino que su participación en el mismo tendrá, a los
efectos del sistema de gestión establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, un carácter meramente instrumental.»
Sexto.
Que en lo relativo a la ejecución de la actuación señalada en el apartado TERCERO
y según la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre y la Resolución 1/2022, de 12 de
abril, de la Secretaría General de Fondos Europeos, MITMA actuará en calidad de
Entidad Ejecutora, la DGC como Órgano Gestor, y SECEGSA como entidad
instrumental.
Séptimo.
Que en el artículo cuarto de la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaria
General de Fondos Europeos, se incluye la obligación de que las entidades
instrumentales cumplan una serie de requisitos, indicando además en su apartado 4 que
‘los requisitos anteriores, y cuantos otros adicionales establezca la entidad ejecutora,
deberán constar en el instrumento jurídico por el que se transfieran recursos económicos
y obligaciones de cumplimiento a la entidad del sector público con participación
instrumental en el PRTR’.
Octavo.
Que como consecuencia de lo anterior resulta necesaria la elaboración del presente
convenio que dé cobertura desde el año 2023 en adelante a la futura transferencia de
recursos económicos y obligaciones desde el MITMA a SECEGSA con cargo al PRTR.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente Convenio tiene por objeto establecer la transferencia de recursos
económicos y de obligaciones desde el MITMA (entidad ejecutora en el PRTR) a
SECEGSA (entidad instrumental en el PRTR) para el desarrollo de las actuaciones
mencionadas en la cláusula SEGUNDA.
Segunda.
Actuaciones incluidas en el convenio.
Las actuaciones comprendidas en el presente convenio son las vinculadas a la
«Actualización del anteproyecto primario del enlace fijo a través del Estrecho de
cve: BOE-A-2023-14413
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85855
C6.I2 de manera acorde con la parte descriptiva de la sección 1 del anexo CID y con el
mecanismo de verificación contenido en el OA.
Quinto.
Que con posterioridad se publica la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la
Secretaria General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de
clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de
medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que las
entidades ejecutoras del PRTR podrán valerse de entidades del sector público «para
llevar a cabo las acciones previstas en el PRTR, bajo la responsabilidad y la dirección de
la entidad ejecutora. Dichas entidades del sector público no tendrán la consideración de
entidades ejecutoras del PRTR, sino que su participación en el mismo tendrá, a los
efectos del sistema de gestión establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, un carácter meramente instrumental.»
Sexto.
Que en lo relativo a la ejecución de la actuación señalada en el apartado TERCERO
y según la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre y la Resolución 1/2022, de 12 de
abril, de la Secretaría General de Fondos Europeos, MITMA actuará en calidad de
Entidad Ejecutora, la DGC como Órgano Gestor, y SECEGSA como entidad
instrumental.
Séptimo.
Que en el artículo cuarto de la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaria
General de Fondos Europeos, se incluye la obligación de que las entidades
instrumentales cumplan una serie de requisitos, indicando además en su apartado 4 que
‘los requisitos anteriores, y cuantos otros adicionales establezca la entidad ejecutora,
deberán constar en el instrumento jurídico por el que se transfieran recursos económicos
y obligaciones de cumplimiento a la entidad del sector público con participación
instrumental en el PRTR’.
Octavo.
Que como consecuencia de lo anterior resulta necesaria la elaboración del presente
convenio que dé cobertura desde el año 2023 en adelante a la futura transferencia de
recursos económicos y obligaciones desde el MITMA a SECEGSA con cargo al PRTR.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente Convenio tiene por objeto establecer la transferencia de recursos
económicos y de obligaciones desde el MITMA (entidad ejecutora en el PRTR) a
SECEGSA (entidad instrumental en el PRTR) para el desarrollo de las actuaciones
mencionadas en la cláusula SEGUNDA.
Segunda.
Actuaciones incluidas en el convenio.
Las actuaciones comprendidas en el presente convenio son las vinculadas a la
«Actualización del anteproyecto primario del enlace fijo a través del Estrecho de
cve: BOE-A-2023-14413
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.