II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-14321)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de junio de 2023

Sec. II.B. Pág. 85203

conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los
ejercicios según sus circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del
informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
3.6 Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su
solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder a la
presentada en el procedimiento telemático y anexar la documentación adicional.
3.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes. En caso de falsedad o manipulación
en algún documento, decaerá el derecho a la participación en el proceso selectivo, con
independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.
3.8 A la solicitud se deberán adjuntar, en formato pdf, los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte. Los aspirantes extranjeros
deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de
algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los familiares de los anteriores deberán presentar documento que acredite esta
condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.
b) Documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas
selectivas, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar
también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, ambos en un
único archivo.
c) Las personas aspirantes afectadas por discapacidad deberán presentar
certificado expedido al efecto por los órganos competentes de la administración estatal o,
en su caso, de la comunidad autónoma correspondiente. Así mismo, en caso de solicitar
adaptación para la realización de las pruebas, deberán adjuntar el dictamen técnico
facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano
técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste
expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios
según sus circunstancias personales.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un
mes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá
publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en
que se encuentre expuesta a los interesados la lista de admitidos/as y excluidos/as,
indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En la citada Resolución se
hará pública igualmente la composición del Tribunal Calificador de estas pruebas
selectivas y se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse,
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán
fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino,
además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas
admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no
aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso
selectivo, salvo en los siguientes casos:
– Exclusiones de solicitudes del cupo de discapacidad motivadas por la no
acreditación del grado de discapacidad, en cuyo caso dichas solicitudes pasarían como
admitidas al cupo general.

cve: BOE-A-2023-14321
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Núm. 142