II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-14316)
Resolución de 8 de junio de 2023, conjunta de la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Jueves 15 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 85149
6.3.2 Al comienzo de las pruebas los candidatos/-as entregarán al presidente de la
comisión cinco copias de los siguientes documentos:
(i) su historial académico (docente, investigador y de gestión), así como un ejemplar de
las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos que hayan hecho constar.
(ii) un proyecto en el que se encuentren formulados sus planteamientos docentes e
investigadores.
En el caso de los concursos de acceso al cuerpo de PTU, entregarán cinco copias de
este tercer documento:
(iii) un programa de una de las asignaturas fundamentales (troncales, obligatorias o
asimiladas a éstas) propias de la rama y área de conocimiento objeto de la plaza.
6.3.3 Para el acceso al cuerpo de catedráticos y catedráticas de universidad se
celebrarán dos pruebas:
a)
Primera prueba.
Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial académico (docente,
investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o candidata, así como
de su proyecto docente e investigador.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar el paso
de los candidatos a la siguiente prueba; no pasarán a ella quienes no obtengan al menos
tres votos favorables.
b)
Segunda prueba.
Exposición, y posterior debate con la comisión, de una de estas dos opciones, a
elegir por el candidato/a: (i) de un trabajo original de investigación; o (ii) de un proyecto
de investigación, del cual el candidato o la candidata habrá de ser investigador principal.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.4 Para el acceso al cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad
se celebrarán dos pruebas:
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.5 Las decisiones de los miembros de la comisión de selección se acompañarán
de un informe en el que quede motivado el sentido del voto por medio de una valoración
individualizada de cada candidato/a.
6.3.6 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza convocada,
cuando a juicio motivado de la comisión de selección los currículos o las exposiciones de
los/las aspirantes no se adecuen a las exigencias académicas fijadas y, por ende, nadie
obtenga el número de votos favorables necesario.
cve: BOE-A-2023-14316
Verificable en https://www.boe.es
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador. Finalizada la prueba, la
comisión procederá a una votación para determinar a qué persona o personas procede
proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, de un tema,
lección, seminario, actividad práctica o tutoría del programa de la asignatura que haya
presentado previamente el candidato (apartado 3 de este art. 6, documento (iii); dicho tema,
lección, seminario, actividad práctica o tutoría será elegido libremente por cada candidato.
Núm. 142
Jueves 15 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 85149
6.3.2 Al comienzo de las pruebas los candidatos/-as entregarán al presidente de la
comisión cinco copias de los siguientes documentos:
(i) su historial académico (docente, investigador y de gestión), así como un ejemplar de
las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos que hayan hecho constar.
(ii) un proyecto en el que se encuentren formulados sus planteamientos docentes e
investigadores.
En el caso de los concursos de acceso al cuerpo de PTU, entregarán cinco copias de
este tercer documento:
(iii) un programa de una de las asignaturas fundamentales (troncales, obligatorias o
asimiladas a éstas) propias de la rama y área de conocimiento objeto de la plaza.
6.3.3 Para el acceso al cuerpo de catedráticos y catedráticas de universidad se
celebrarán dos pruebas:
a)
Primera prueba.
Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial académico (docente,
investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o candidata, así como
de su proyecto docente e investigador.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar el paso
de los candidatos a la siguiente prueba; no pasarán a ella quienes no obtengan al menos
tres votos favorables.
b)
Segunda prueba.
Exposición, y posterior debate con la comisión, de una de estas dos opciones, a
elegir por el candidato/a: (i) de un trabajo original de investigación; o (ii) de un proyecto
de investigación, del cual el candidato o la candidata habrá de ser investigador principal.
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.4 Para el acceso al cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad
se celebrarán dos pruebas:
Finalizada la prueba, la comisión procederá a una votación para determinar a qué
persona o personas procede proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres
votos favorables.
6.3.5 Las decisiones de los miembros de la comisión de selección se acompañarán
de un informe en el que quede motivado el sentido del voto por medio de una valoración
individualizada de cada candidato/a.
6.3.6 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza convocada,
cuando a juicio motivado de la comisión de selección los currículos o las exposiciones de
los/las aspirantes no se adecuen a las exigencias académicas fijadas y, por ende, nadie
obtenga el número de votos favorables necesario.
cve: BOE-A-2023-14316
Verificable en https://www.boe.es
a) Primera prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, del historial
académico (docente, investigador y de gestión) y, en su caso, asistencial del candidato o
candidata, así como de su proyecto docente e investigador. Finalizada la prueba, la
comisión procederá a una votación para determinar a qué persona o personas procede
proponer, para lo cual será necesario un mínimo de tres votos favorables.
b) Segunda prueba: Exposición oral, y posterior debate con la comisión, de un tema,
lección, seminario, actividad práctica o tutoría del programa de la asignatura que haya
presentado previamente el candidato (apartado 3 de este art. 6, documento (iii); dicho tema,
lección, seminario, actividad práctica o tutoría será elegido libremente por cada candidato.