II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-14316)
Resolución de 8 de junio de 2023, conjunta de la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Jueves 15 de junio de 2023
7.
Sec. II.B. Pág. 85151
Presentación de Documentación, Nombramientos, Publicidad e Incorporación
7.1
Presentación de documentos.
Los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de plazas deberán presentar
en los veinte días hábiles siguientes al de la conclusión de la actuación de la Comisión,
de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Normativo sobre Organización y
Funcionamiento del Registro Único automatizado de la Universidad de Salamanca
(BOCyL de 9 de junio de 2000), y también según lo establecido en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada o cotejada de DNI. o documento equivalente, de ser su
nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor/a de Universidad.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante
expediente disciplinario, del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
d) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el
caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
(Impresos normalizados que podrá obtener en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador, http://www.usal.es/node/27745.
7.1.1
Documentos expedidos en el extranjero.
Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las autoridades competentes y
legalizados por vía diplomática.
Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente
traducción oficial al castellano.
7.1.2 Los/las que tuvieran la condición de funcionarios/as de carrera estarán
exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u
Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Nombramientos.
Los nombramientos propuestos por la Comisión de Selección, serán efectuados por
el/la Rector/a de la Universidad de Salamanca y el/la Consejero/a de Sanidad de la Junta
de Castilla y León, después de que el/la concursante propuesto/a haya acreditado
cumplir los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. En caso de que el/la
concursante propuesto/a no presentase oportunamente la documentación requerida en
el apartado 7.1 de esta base, el/la Rector/a procederá, en su caso, al nombramiento
del/de la siguiente concursante en el orden de valoración formulado.
7.3
Publicidad de los nombramientos.
Los nombramientos serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los Cuerpos
cve: BOE-A-2023-14316
Verificable en https://www.boe.es
7.2
Núm. 142
Jueves 15 de junio de 2023
7.
Sec. II.B. Pág. 85151
Presentación de Documentación, Nombramientos, Publicidad e Incorporación
7.1
Presentación de documentos.
Los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de plazas deberán presentar
en los veinte días hábiles siguientes al de la conclusión de la actuación de la Comisión,
de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Normativo sobre Organización y
Funcionamiento del Registro Único automatizado de la Universidad de Salamanca
(BOCyL de 9 de junio de 2000), y también según lo establecido en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada o cotejada de DNI. o documento equivalente, de ser su
nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor/a de Universidad.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante
expediente disciplinario, del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
d) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el
caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
(Impresos normalizados que podrá obtener en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador, http://www.usal.es/node/27745.
7.1.1
Documentos expedidos en el extranjero.
Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las autoridades competentes y
legalizados por vía diplomática.
Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente
traducción oficial al castellano.
7.1.2 Los/las que tuvieran la condición de funcionarios/as de carrera estarán
exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u
Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Nombramientos.
Los nombramientos propuestos por la Comisión de Selección, serán efectuados por
el/la Rector/a de la Universidad de Salamanca y el/la Consejero/a de Sanidad de la Junta
de Castilla y León, después de que el/la concursante propuesto/a haya acreditado
cumplir los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. En caso de que el/la
concursante propuesto/a no presentase oportunamente la documentación requerida en
el apartado 7.1 de esta base, el/la Rector/a procederá, en su caso, al nombramiento
del/de la siguiente concursante en el orden de valoración formulado.
7.3
Publicidad de los nombramientos.
Los nombramientos serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los Cuerpos
cve: BOE-A-2023-14316
Verificable en https://www.boe.es
7.2