III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-14337)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Acequia Solar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Acequia Solar, de 42,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Yunquera de Henares, Fontanar, Tórtola de Henares, Guadalajara, Chiloeches, Pozo de Guadalajara, Santorcaz, Los Santos de la Humosa y Alcalá de Henares, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85322
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Fomento del Gobierno de Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Infraestructura
del Ministerio de Defensa, y de la Subdirección General de Industria e Inspección de la
Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, donde se muestran condicionantes a la
ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su conformidad con la misma.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, donde muestra su
oposición y ponen de manifiesto que la implantación de las infraestructuras proyectadas
genera una congestión del suelo municipal por afecciones al crecimiento urbanístico y a
intereses de particulares. Se ha dado traslado al promotor, que justifica la conformidad
de la infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y las afecciones previsibles.
Se ha dado traslado al organismo, que reitera la necesidad de buscar soluciones
alternativas a la planteada por el promotor.
Preguntados la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el Ayuntamiento de
Guadalajara, el Ayuntamiento de Tórtola de Henares, el Ayuntamiento de Taracena, la
Base Aérea Torrejón de Ardoz, la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Consejería de Fomento del Gobierno de Castilla-La Mancha, la
Delegación Provincial de Guadalajara de la Consejería de Fomento de Castilla-La
Mancha, la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Fomento
del Gobierno de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería
de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, Enagás, SA, Red
Eléctrica Española, SAU, la Subdirección General de Energía y Minas de la Dirección
General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la
Consejería de Economía Hacienda y Empleo, Telefónica SA y UFD Distribución Eléctrica,
SL, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de
los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 18 de febrero de 2022 en el
«Boletín Oficial del Estado», con fecha 16 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Guadalajara» y, con fecha 2 de marzo de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid». Además, se publicó en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos de Guadalajara (con fecha 6 de abril de 2022), Tórtola de Henares (con
fecha 4 de abril de 2022), y Alcalá de Henares (con fecha 4 de abril de 2022). Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Canal de Isabel II, SL, donde ponen de manifiesto
que tienen infraestructuras y terrenos que resultan afectados por el proyecto que
comprende este expediente. En concreto, a los siguientes bienes propiedad de Canal de
Isabel II: Tubería de aducción Arteria elevadora Santorcaz 1; y Depósito Los Santos de la
Humosa. Para compatibilizar las infraestructuras, el Canal de Isabel II establece
condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dicha alegación, que contesta exponiendo que la afección descrita corresponde a otro
expediente tramitado por sociedades del Grupo Ignis. Se ha dado traslado al organismo,
el cual muestra conformidad.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General de
Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y El
Reto Demográfico, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Viceconsejería de
cve: BOE-A-2023-14337
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Jueves 15 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85322
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la
Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Fomento del Gobierno de Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Infraestructura
del Ministerio de Defensa, y de la Subdirección General de Industria e Inspección de la
Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, donde se muestran condicionantes a la
ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su conformidad con la misma.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, donde muestra su
oposición y ponen de manifiesto que la implantación de las infraestructuras proyectadas
genera una congestión del suelo municipal por afecciones al crecimiento urbanístico y a
intereses de particulares. Se ha dado traslado al promotor, que justifica la conformidad
de la infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y las afecciones previsibles.
Se ha dado traslado al organismo, que reitera la necesidad de buscar soluciones
alternativas a la planteada por el promotor.
Preguntados la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el Ayuntamiento de
Guadalajara, el Ayuntamiento de Tórtola de Henares, el Ayuntamiento de Taracena, la
Base Aérea Torrejón de Ardoz, la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Consejería de Fomento del Gobierno de Castilla-La Mancha, la
Delegación Provincial de Guadalajara de la Consejería de Fomento de Castilla-La
Mancha, la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Fomento
del Gobierno de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería
de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, Enagás, SA, Red
Eléctrica Española, SAU, la Subdirección General de Energía y Minas de la Dirección
General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la
Consejería de Economía Hacienda y Empleo, Telefónica SA y UFD Distribución Eléctrica,
SL, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de
los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 18 de febrero de 2022 en el
«Boletín Oficial del Estado», con fecha 16 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Guadalajara» y, con fecha 2 de marzo de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid». Además, se publicó en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos de Guadalajara (con fecha 6 de abril de 2022), Tórtola de Henares (con
fecha 4 de abril de 2022), y Alcalá de Henares (con fecha 4 de abril de 2022). Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Canal de Isabel II, SL, donde ponen de manifiesto
que tienen infraestructuras y terrenos que resultan afectados por el proyecto que
comprende este expediente. En concreto, a los siguientes bienes propiedad de Canal de
Isabel II: Tubería de aducción Arteria elevadora Santorcaz 1; y Depósito Los Santos de la
Humosa. Para compatibilizar las infraestructuras, el Canal de Isabel II establece
condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dicha alegación, que contesta exponiendo que la afección descrita corresponde a otro
expediente tramitado por sociedades del Grupo Ignis. Se ha dado traslado al organismo,
el cual muestra conformidad.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General de
Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y El
Reto Demográfico, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Viceconsejería de
cve: BOE-A-2023-14337
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Núm. 142