III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14335)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Estacas de Trueba", 50,40 MW y "Merindades", de 50,40 MW, y de su infraestructura de evacuación, en Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana (Burgos)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Jueves 15 de junio de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
14335

Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques eólicos «Estacas de Trueba», 50,40 MW y
«Merindades», de 50,40 MW, y de su infraestructura de evacuación, en
Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana (Burgos)».
Antecedentes de hecho

Con fecha 30 de marzo de 2023 tiene entrada en esta Dirección General solicitud de
inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques
eólicos "Estacas de Trueba" 50,40 MW y "Merindades" de 50,40 MW, y de su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Merindad de Valdeporres y
Valle de Valdebezana, en la provincia de Burgos», del que Villar Mir Energía, SL, y Mowe
Eólica 2, SL, son promotores y la Dirección General de Política Energética y Minas del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ostenta la
condición de órgano sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA). Se incluye, asimismo, en la
evaluación, el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
Por otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación,
que deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de
elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación
original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a
un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
1. Descripción y localización del proyecto

– PE Estacas de Trueba, con ocho aerogeneradores, seis de con una potencia
unitaria de 6,2 MW y dos de 6,6 MW. La potencia total es de 50,4 MW. Se ubica en los
TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.
– Línea de media tensión (LMT) mixta de 30 kV entre los aerogeneradores y la SET
PE Estacas de Trueba, conformada por un tramo aéreo de 312 m y varios tramos
soterrados de aproximadamente 5,4 km de longitud total. Se ubica en los TT.MM. de
Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana.
– Subestación eléctrica transformadora (SET) PE Estacas de Trueba 30/132 kV, con
una superficie de 3.016,08 m2. Se ubica en el municipio de Valle de Valdebezana.

cve: BOE-A-2023-14335
Verificable en https://www.boe.es

Se trata de dos parques eólicos (PE) en los términos municipales (TT.MM.) de
Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana, en la provincia de Burgos.
El PE Estacas de Trueba comprende las siguientes infraestructuras: