II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DEL INTERIOR. Bajas. (BOE-A-2023-14218)
Resolución de 2 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco José García Muriel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Jueves 15 de junio de 2023

Sec. II.A. Pág. 84814

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DEL INTERIOR
14218

Resolución de 2 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Seguridad,
por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Policía del
Cuerpo Nacional de Policía don Francisco José García Muriel.

Vista la Ejecutoria 12/2020, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de
Málaga, relativa al funcionario de la Policía Nacional, con categoría de Policía don
Francisco José García Muriel, con DNI número 44.59****, adscrito a la Comisaría
Provincial de Málaga, resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Constituye el antecedente de la presente, la Resolución del Secretario de Estado de
Seguridad, de fecha 23 de junio de 2021, por la que se dispuso la pérdida de condición
de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco José García
Muriel, en ejecución de la pena de inhabilitación especial para el empleo o cargo público
impuesta por Sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga de
fecha 29 de junio de 2018, como autor de un delito de omisión del deber de perseguir
delitos.
Segundo.
Posteriormente, en fecha 9 de julio de 2021, dicho tribunal informó que por auto de
fecha 14 de mayo de 2021, se había acordado la suspensión de la Ejecución de la pena
impuesta hasta que se resolviese la petición de indulto presentada por el penado,
procediéndose por esta Secretaria de Estado de Seguridad en Resolución de fecha 3 de
agosto de 2021 a suspender la declaración de la perdida de la condición de funcionario
hasta que se resuelva la solicitud de indulto formulada por el funcionario.
Tercero.
Por último, se ha recibido oficio de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de
Málaga, donde interesan se proceda a adoptar las medidas pertinentes para garantizar el
cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el empleo o cargo público
impuesta.

Primero.
De conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución Española es
obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de Jueces y Tribunales, así
como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la
ejecución de lo resuelto.

cve: BOE-A-2023-14218
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