I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-14048)
Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, para la indexación de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica a señales a plazo y reducción de su volatilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Miércoles 14 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 84302

ANEXO
Modelo de nota informativa a remitir por los comercializadores de referencia a los
consumidores acogidos a Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor
Nueva formula para calcular el PVPC
El Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) es el precio de la
electricidad que aplican las comercializadoras de referencia a aquellos clientes acogidos
al mismo.
Desde su creación por medio del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, se ha
configurado como un precio dinámico y variable, único en todo el territorio nacional, que
varía en cada hora del día, según el consumo eléctrico de cada consumidor.
La situación actual en el mercado eléctrico de altos precios y excesiva volatilidad ha
conllevado la aprobación de distintas medidas por el Gobierno.
Entre ellas, el Gobierno ha aprobado una nueva metodología para determinar el
PVPC, basada en una cesta de productos a plazo y del mercado diario e intradiario. Todo
ello para lograr estabilidad en los precios y seguridad para el consumidor.
Aplicable en la siguiente factura
Estos cambios surtirán efectos a partir del 1 de enero de 2024, de tal forma que las
facturas que se emitan con posterioridad a dicha fecha incluirán la nueva fórmula de
cálculo del PVPC.
Nota importante si el consumidor es empresa

cve: BOE-A-2023-14048
Verificable en https://www.boe.es

A partir del 1 de enero de 2024, el PVPC solo será aplicable a consumidores
personas físicas y microempresas, de acuerdo con la Directiva (UE) 2019/944 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para
el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE.
Todas las empresas que quieran continuar con el PVPC al vencimiento de su
contrato actual deberán acreditar su condición de microempresa según el Reglamento
(UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado, mediante la presentación de declaración responsable
ante su empresa comercializadora.
A estos efectos, el anexo III del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, ha
aprobado un modelo de declaración responsable.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X