I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-14046)
Real Decreto 444/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Miércoles 14 de junio de 2023
2.

Sec. I. Pág. 84259

Listado de Sectores "en riesgo"

Código CNAE

Descripción

1011

Procesado y conservación de carne.

1012

Procesado y conservación de volatería.

1042

Fabricación de margarina y grasas comestibles similares.

1053

Fabricación de quesos.

1054

Preparación de leche y otros productos lácteos.

1061

Fabricación de productos de molinería.

1072

Fabricación de galletas y productos de panadería y pastelería de larga duración.

1073

Fabricación de pastas alimenticias, cuscús y productos similares.

1082

Fabricación de cacao, chocolate y productos de confitería.

1085

Elaboración de platos y comidas preparados.

1089

Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.

1091

Fabricación de productos para la alimentación de animales de granja.

1092

Fabricación de productos para la alimentación de animales de compañía.

1107

Fabricación de bebidas no alcohólicas; producción de aguas minerales y otras aguas embotelladas.

1723

Fabricación de artículos de papelería.

1729

Fabricación de otros artículos de papel y cartón.

2051

Fabricación de explosivos.

2052

Fabricación de colas.

2332

Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción.

2352

Fabricación de cal y yeso.

2365

Fabricación de fibrocemento.

2452

Fundición de acero.

2453

Fundición de metales ligeros.

2591

Fabricación de bidones y toneles de hierro o acero.

2592

Fabricación de envases y embalajes metálicos ligeros.

2932

Fabricación de otros componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor.»

Se autoriza a las personas titulares del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a dictar, en el ámbito
de sus respectivas competencias, cuantas disposiciones generales y resoluciones sean
necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en este real decreto.

cve: BOE-A-2023-14046
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario y aplicación.