III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-14029)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con Caja Rural de Burgos, Fuentepelayo, Segovia y Castelldans, Sociedad Cooperativa de Crédito, para facilitar los préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 84155
Eficacia.
La presente Adenda producirá efectos una vez inscrita en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público. Dicha inscripción
se realizará en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización.
cve: BOE-A-2023-14029
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de lo convenido,
ambas partes suscriben el presente convenio de colaboración, por triplicado ejemplar, en
la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.–El Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, P.D., el Secretario General de Agricultura y Alimentación (Orden
APA/21/2019, de 10 de enero, BOE 18 de enero de 2019), Fernando Miranda Sotillos.–El
Director del Departamento de Riesgos e Inversiones de Caja Rural de Burgos,
Fuentepelayo, Segovia y Castelldans, Sociedad Cooperativa de Crédito, Luis Fernando
Pastor García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 84155
Eficacia.
La presente Adenda producirá efectos una vez inscrita en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público. Dicha inscripción
se realizará en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización.
cve: BOE-A-2023-14029
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de lo convenido,
ambas partes suscriben el presente convenio de colaboración, por triplicado ejemplar, en
la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.–El Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, P.D., el Secretario General de Agricultura y Alimentación (Orden
APA/21/2019, de 10 de enero, BOE 18 de enero de 2019), Fernando Miranda Sotillos.–El
Director del Departamento de Riesgos e Inversiones de Caja Rural de Burgos,
Fuentepelayo, Segovia y Castelldans, Sociedad Cooperativa de Crédito, Luis Fernando
Pastor García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X