III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-14035)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Katarina Gurska, para la realización de actividades musicales en el Museo Nacional del Romanticismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 84181
resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta causa no
conllevará indemnización de las partes.
Octava. Comisión de seguimiento del convenio.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las
partes constituirán una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un
representante de cada entidad firmante del mismo.
Será representante del Ministerio de Cultura y Deporte la persona titular de la
Dirección del Museo Nacional del Romanticismo.
Serán funciones de esta Comisión:
– Velar por el cumplimiento de este convenio.
– Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del
presente convenio.
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de
adopción válida de acuerdos.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma
presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Novena.
Protección de datos, transparencia e información a la ciudadanía.
1. En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas
entidades en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente
convenio, atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. Asimismo, este convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Buen Gobierno.
Décima.
Régimen jurídico y jurisdicción.
Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento
por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de
Cultura y Deporte, el Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre
de Diego.–Por la Fundación Katarina Gurska, la Presidenta, Catarina Gurska Ochych.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-14035
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
En caso de desacuerdo entre las partes, las discrepancias se tratarán de resolver,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
De persistir alguna controversia, los conflictos que puedan originarse serán
sometidos a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 84181
resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta causa no
conllevará indemnización de las partes.
Octava. Comisión de seguimiento del convenio.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las
partes constituirán una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un
representante de cada entidad firmante del mismo.
Será representante del Ministerio de Cultura y Deporte la persona titular de la
Dirección del Museo Nacional del Romanticismo.
Serán funciones de esta Comisión:
– Velar por el cumplimiento de este convenio.
– Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del
presente convenio.
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de
adopción válida de acuerdos.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma
presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Novena.
Protección de datos, transparencia e información a la ciudadanía.
1. En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas
entidades en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente
convenio, atenderán a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. Asimismo, este convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Buen Gobierno.
Décima.
Régimen jurídico y jurisdicción.
Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento
por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de
Cultura y Deporte, el Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre
de Diego.–Por la Fundación Katarina Gurska, la Presidenta, Catarina Gurska Ochych.
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cve: BOE-A-2023-14035
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El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
En caso de desacuerdo entre las partes, las discrepancias se tratarán de resolver,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
De persistir alguna controversia, los conflictos que puedan originarse serán
sometidos a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.