V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. (BOE-B-2023-18058)
PACKSUR ARTES GRÁFICAS S.A.L. (EN CONCURSO).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Sec. V-C. Pág. 28764
V. Anuncios
C. Anuncios particulares
ANUNCIOS PARTICULARES
18058
PACKSUR ARTES GRÁFICAS S.A.L. (EN CONCURSO).
Antonio García Figueroa, administrador concursal de PACKSUR ARTES
GRAFICAS S. A. L. (en concurso), con C.I.F. A11737459 dando cumplimiento al
Auto número 123/2023 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz
ANUNCIA
Descripcion del inmueble: Parcela de terreno proveniente de las parcelas 32.2,
32.3 y 32.4 perteneciente al plan parcial de ordenación del sector 33 ciudad del
transporte "cañada ancha" del plan general de ordenación urbana de Jerez de la
Frontera - polígono pac- segunda fase.- Uso: Industrial, industria media. Tiene una
extensión superficial de aproximada de siete mil ciento dos metros y treinta y
nueve decímetros cuadrados y edificabilidad de cuatro mil doscientos sesenta y
dos metros cuadrados y cuarenta decímetros; y linda, al frente, con calle de su
situación; derecha entrando, avenida de la numismática; izquierda, parcela núm.
32.5 y fondo, parcelas del polígono. Datos inscripción: Tomo 1978, Libro 717, Folio
212, Inscripción 1ª, finca núm. 38698. Precio de la compraventa: Cuatrocientos
cincuenta y dos mil euros (452.000 €). Forma de pago: Cheque bancario al
momento del otorgamiento de las escrituras públicas de compraventa. La
cancelación de las cargas se verificará a instancia de la administración concursal,
previa acreditación de la transmisión y con identificación individualizada y completa
de las cargas de la concursada cuya cancelación se interesa. Los gastos de
cancelación serán a cargo del adquirente. Otras disposiciones de la compraventa:
La compra se realiza como cuerpo cierto, libre de toda clase de cargas,
gravámenes o impuestos, así como libre de arrendamientos. El precio ofrecido
engloba todos los gastos de contribución, comunidad de propietarios, gastos de la
compraventa, impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza
urbana y cualesquiera otros que se hayan de satisfacer a fin de que la finca sea
entregada al adquirente, libre de cargas, gravámenes, gastos, tasas o impuestos y
al corriente de los mismos. Será de aplicación el articulo. 1.455 del Código Civil, en
cuanto a los gastos de otorgamiento de escrituras. Los impuestos relativos a ivtnu,
itpo y/o iva, y/o ajd que hayan de satisfacerse a consecuencia de la compraventa,
serán satisfechos por el que, según la normativa de aplicación de cada impuesto
se considere el sujeto pasivo del mismo. Siendo un terreno edificable y urbanizado,
según figura en la información registral, en virtud de lo dispuesto en el art. 20.20º
liva, la operación estará sujeta a iva, por lo que será de aplicación lo dispuesto en
letra e) al art. 84.1.2º de la liva, la inversión del sujeto pasivo. Podrá contemplarse
la renuncia a la exención del iva de ser el comprador sujeto pasivo del referido
Impuesto sobre el valor añadido.
Segundo.- En los diez días siguientes a la presente publicación podrá
presentarse cualquier postor que esté dispuesto a pagar por la finca una cantidad
superior a la suma de Quinientos nueve mil seiscientos sesenta y un euros con
treinta y cuatro céntimos (509.661´34 €). Para evitar que se presenten posturas
irreales que solo tengan como finalidad la dilación del procedimiento, la validez de
cve: BOE-B-2023-18058
Verificable en https://www.boe.es
Primero.- Que en el procedimiento núm. 402/2011-Q, N.I.G.
1101242M20110000342 se ha dictado resolución en la pieza de incidente
concursal sobre autorización judicial 68/2023-Q por la que se autoriza la venta
directa de la registral núm. 38689 en los siguientes términos:
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Sec. V-C. Pág. 28764
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C. Anuncios particulares
ANUNCIOS PARTICULARES
18058
PACKSUR ARTES GRÁFICAS S.A.L. (EN CONCURSO).
Antonio García Figueroa, administrador concursal de PACKSUR ARTES
GRAFICAS S. A. L. (en concurso), con C.I.F. A11737459 dando cumplimiento al
Auto número 123/2023 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz
ANUNCIA
Descripcion del inmueble: Parcela de terreno proveniente de las parcelas 32.2,
32.3 y 32.4 perteneciente al plan parcial de ordenación del sector 33 ciudad del
transporte "cañada ancha" del plan general de ordenación urbana de Jerez de la
Frontera - polígono pac- segunda fase.- Uso: Industrial, industria media. Tiene una
extensión superficial de aproximada de siete mil ciento dos metros y treinta y
nueve decímetros cuadrados y edificabilidad de cuatro mil doscientos sesenta y
dos metros cuadrados y cuarenta decímetros; y linda, al frente, con calle de su
situación; derecha entrando, avenida de la numismática; izquierda, parcela núm.
32.5 y fondo, parcelas del polígono. Datos inscripción: Tomo 1978, Libro 717, Folio
212, Inscripción 1ª, finca núm. 38698. Precio de la compraventa: Cuatrocientos
cincuenta y dos mil euros (452.000 €). Forma de pago: Cheque bancario al
momento del otorgamiento de las escrituras públicas de compraventa. La
cancelación de las cargas se verificará a instancia de la administración concursal,
previa acreditación de la transmisión y con identificación individualizada y completa
de las cargas de la concursada cuya cancelación se interesa. Los gastos de
cancelación serán a cargo del adquirente. Otras disposiciones de la compraventa:
La compra se realiza como cuerpo cierto, libre de toda clase de cargas,
gravámenes o impuestos, así como libre de arrendamientos. El precio ofrecido
engloba todos los gastos de contribución, comunidad de propietarios, gastos de la
compraventa, impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza
urbana y cualesquiera otros que se hayan de satisfacer a fin de que la finca sea
entregada al adquirente, libre de cargas, gravámenes, gastos, tasas o impuestos y
al corriente de los mismos. Será de aplicación el articulo. 1.455 del Código Civil, en
cuanto a los gastos de otorgamiento de escrituras. Los impuestos relativos a ivtnu,
itpo y/o iva, y/o ajd que hayan de satisfacerse a consecuencia de la compraventa,
serán satisfechos por el que, según la normativa de aplicación de cada impuesto
se considere el sujeto pasivo del mismo. Siendo un terreno edificable y urbanizado,
según figura en la información registral, en virtud de lo dispuesto en el art. 20.20º
liva, la operación estará sujeta a iva, por lo que será de aplicación lo dispuesto en
letra e) al art. 84.1.2º de la liva, la inversión del sujeto pasivo. Podrá contemplarse
la renuncia a la exención del iva de ser el comprador sujeto pasivo del referido
Impuesto sobre el valor añadido.
Segundo.- En los diez días siguientes a la presente publicación podrá
presentarse cualquier postor que esté dispuesto a pagar por la finca una cantidad
superior a la suma de Quinientos nueve mil seiscientos sesenta y un euros con
treinta y cuatro céntimos (509.661´34 €). Para evitar que se presenten posturas
irreales que solo tengan como finalidad la dilación del procedimiento, la validez de
cve: BOE-B-2023-18058
Verificable en https://www.boe.es
Primero.- Que en el procedimiento núm. 402/2011-Q, N.I.G.
1101242M20110000342 se ha dictado resolución en la pieza de incidente
concursal sobre autorización judicial 68/2023-Q por la que se autoriza la venta
directa de la registral núm. 38689 en los siguientes términos: