III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2023-14026)
Acuerdo de 1 de junio de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, para prorrogar el funcionamiento de un segundo juzgado de guardia para el enjuiciamiento de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona, para el período del 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 84144
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
14026
Acuerdo de 1 de junio de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, para prorrogar el
funcionamiento de un segundo juzgado de guardia para el enjuiciamiento de
delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona, para el período
del 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024.
Primero.
Aprobar la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, consistente en prorrogar el funcionamiento de un segundo juzgado de guardia
para el enjuiciamiento de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona,
para el período del 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, a desarrollar por
todos los juzgados de instrucción de dicho partido judicial, en turno preestablecido, de
lunes a viernes hábiles en horario de 9 a 21 horas. En caso de coincidencia entre el
juzgado de guardia de delitos leves inmediatos y el turno de sustituciones internas
obligatorias, debe priorizarse la atención del servicio de guardia.
A la vista de la evolución y eficacia de esta propuesta, podrá interesarse su
renovación, en su caso, que deberá ser solicitada con al menos cuarenta y cinco días
antes de la fecha de vencimiento.
Segundo.
Particípese este acuerdo al Ministerio de Justicia a través de la Dirección General
para el Servicio Público de Justicia; al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, para su
comunicación a la magistrada decana del partido judicial de Barcelona, y a los colegios
profesionales del partido judicial de Barcelona; al Departamento de Justicia de la
Generalitat de Cataluña a través de la Secretaria de Relaciones con la Administración de
Justicia, y al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.
cve: BOE-A-2023-14026
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de junio de 2023.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P.S., el Vocal, Rafael Mozo Muelas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 84144
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
14026
Acuerdo de 1 de junio de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, para prorrogar el
funcionamiento de un segundo juzgado de guardia para el enjuiciamiento de
delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona, para el período
del 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024.
Primero.
Aprobar la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, consistente en prorrogar el funcionamiento de un segundo juzgado de guardia
para el enjuiciamiento de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona,
para el período del 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, a desarrollar por
todos los juzgados de instrucción de dicho partido judicial, en turno preestablecido, de
lunes a viernes hábiles en horario de 9 a 21 horas. En caso de coincidencia entre el
juzgado de guardia de delitos leves inmediatos y el turno de sustituciones internas
obligatorias, debe priorizarse la atención del servicio de guardia.
A la vista de la evolución y eficacia de esta propuesta, podrá interesarse su
renovación, en su caso, que deberá ser solicitada con al menos cuarenta y cinco días
antes de la fecha de vencimiento.
Segundo.
Particípese este acuerdo al Ministerio de Justicia a través de la Dirección General
para el Servicio Público de Justicia; al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, para su
comunicación a la magistrada decana del partido judicial de Barcelona, y a los colegios
profesionales del partido judicial de Barcelona; al Departamento de Justicia de la
Generalitat de Cataluña a través de la Secretaria de Relaciones con la Administración de
Justicia, y al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.
cve: BOE-A-2023-14026
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de junio de 2023.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P.S., el Vocal, Rafael Mozo Muelas.
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