III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-13943)
Acuerdo GOV/118/2023, de 23 de mayo, por el que se declaran bien cultural de interés nacional ocho elementos ferroviarios propiedad de Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Lunes 12 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 83577

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
13943

Acuerdo GOV/118/2023, de 23 de mayo, por el que se declaran bien cultural
de interés nacional ocho elementos ferroviarios propiedad de Ferrocarrils de
la Generalitat de Catalunya (FGC).

Por la Resolución CLT/3616/2021, de 1 de diciembre (DOGC núm. 8559, de 9 de
diciembre de 2021), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés
nacional a favor de ocho elementos ferroviarios propiedad de Ferrocarrils de la
Generalitat de Catalunya (FGC).
Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente
de acuerdo con el que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de
septiembre, del patrimonio cultural catalán.
En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio
Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans.
Durante la tramitación del expediente se ha presentado una alegación que ha sido
analizada y contestada por la Dirección General del Patrimonio Cultural.
Por todo esto, a propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno acuerda:
1. Declarar bien cultural de interés nacional, como bienes singulares, según la
descripción y la justificación que figuran en el anexo de este Acuerdo, los siguientes
bienes propiedad de Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC):
Automotor eléctrico FCC 409-809-507.
Automotor eléctrico FCC grúa 1.
Coche de viajeros CGFC C-36.
Vagoneta de obras FCC 1.
Coche de viajeros MM A-1.
Locomotora eléctrica de cremallera RN E.3.
Coche de viajeros RN A51.
Vagón de bordes CGFC U-269.
2. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en
el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, de conformidad con lo que prevé el
artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y
notificarlo a las personas interesadas.

Barcelona, 23 de mayo de 2023.–El Secretario del Gobierno, Xavier Bernadí Gil.

cve: BOE-A-2023-13943
Verificable en https://www.boe.es

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el plazo de
un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde la publicación
en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente
notificación.