II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2023-13778)
Orden HFP/586/2023, de 8 de junio, por la que se designa el Tribunal calificador del proceso selectivo, en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, convocado por Orden HFP/1329/2022, de 29 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Sábado 10 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 82880
Secretario:
Titular: Doña María del Carmen Gómez de la Torre. Cuerpo Superior de Inspectores
de Hacienda del Estado.
Suplente: Don Alberto Calle Sánchez. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores
del Estado.
El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para todas o alguna de las partes del proceso selectivo.
Excepcionalmente, en caso de ausencia del presidente titular y suplente, estos serán
sustituidos por uno de los vocales pertenecientes a la Escala de funcionarios de
Administración local con habilitación de carácter nacional que se halle presente y en su
defecto, por cualesquiera de los restantes vocales según el orden de designación en la
presente Orden. En caso de ausencia del secretario titular y suplente, estos serán
sustituidos por un vocal de los que se hallen presentes según el orden en el que figuren
designados en esta Orden.
Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Ministra de Hacienda y Función Pública en el plazo de un mes desde
su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer
un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
silencio administrativo.
cve: BOE-A-2023-13778
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de junio de 2023. - La Ministra de Hacienda y Función Pública, P. D.
(Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Secretaria General de Función Pública,
Lidia Sánchez Milán.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 138
Sábado 10 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 82880
Secretario:
Titular: Doña María del Carmen Gómez de la Torre. Cuerpo Superior de Inspectores
de Hacienda del Estado.
Suplente: Don Alberto Calle Sánchez. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores
del Estado.
El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para todas o alguna de las partes del proceso selectivo.
Excepcionalmente, en caso de ausencia del presidente titular y suplente, estos serán
sustituidos por uno de los vocales pertenecientes a la Escala de funcionarios de
Administración local con habilitación de carácter nacional que se halle presente y en su
defecto, por cualesquiera de los restantes vocales según el orden de designación en la
presente Orden. En caso de ausencia del secretario titular y suplente, estos serán
sustituidos por un vocal de los que se hallen presentes según el orden en el que figuren
designados en esta Orden.
Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Ministra de Hacienda y Función Pública en el plazo de un mes desde
su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer
un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
silencio administrativo.
cve: BOE-A-2023-13778
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de junio de 2023. - La Ministra de Hacienda y Función Pública, P. D.
(Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Secretaria General de Función Pública,
Lidia Sánchez Milán.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X