I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2023-13670)
Ley 3/2023, de 17 de febrero, de Menorca reserva de biosfera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Viernes 9 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 82082

Artículo 63. La Oficina de Asesoramiento e Impulso al Emprendimiento, la
Economía Colaborativa, la Agenda Digital y los Clústeres.
Artículo 64. Fomento del consumo de productos locales y de la gastronomía.
Artículo 65. Plan Estratégico Integral de Comercialización del Producto Ecológico y
de Proximidad.
Artículo 66. El Contrato Agrario de la Reserva de Biosfera (CARB).
Artículo 67. Fomento de la custodia del territorio.
Artículo 68. Camí de Cavalls.
Artículo 69. La marca Menorca Reserva de Biosfera.
Artículo 70. Reconocimiento del Instituto Menorquín de Estudios y del OBSAM.
Artículo 71. Fortalecimiento de la presencia de Menorca Reserva de Biosfera en
foros nacionales e internacionales y en las redes de colaboración.
Título V. La autoridad consultiva para la buena administración de Menorca como
reserva de biosfera.
Artículo 72.
Artículo 73.
Artículo 74.
Artículo 75.
Artículo 76.
Artículo 77.
Artículo 78.
Artículo 79.

Naturaleza.
Función.
Adscripción.
Composición.
Elección, designación y nombramiento de miembros.
Consulta y carácter de los dictámenes.
Funcionamiento.
Compensaciones económicas.

Título VI. Financiación.
Artículo 80. Mecanismo especial de financiación de la Reserva de Biosfera de
Menorca.
Artículo 81. Recursos económicos para la Oficina de la Energía Menorca 2030.
Artículo 82. Criterios para el reparto del Fondo Posidonia.
Artículo 83. Propuesta de los proyectos ejecutables a cargo del fondo para
favorecer el turismo sostenible.
Artículo 84. La investigación sobre Menorca Reserva de Biosfera en los planes de
ciencia, tecnología e innovación (CTI) de las Illes Balears.

Artículo 85. Acción pública.
Artículo 86. Función inspectora.
Artículo 87. Protección de las personas que pongan en alerta a la administración.
Artículo 88. Inicio de oficio del procedimiento como consecuencia de denuncia.
Artículo 89. Infracciones.
Artículo 90. Infracciones leves.
Artículo 91. Infracciones graves.
Artículo 92. Sanciones.
Artículo 93. Infracciones y sanciones en caso de incumplimiento de las previsiones
sobre la afluencia de vehículos de motor en la isla de Menorca.
Artículo 94. Infracciones y sanciones referidas a la marca y al logotipo Menorca
Reserva de Biosfera.
Artículo 95. Competencia y procedimiento sancionador.
Artículo 96. Multas coercitivas.
Artículo 97. Inicio de los procedimientos sancionadores por petición razonada
respecto a los hechos constitutivos de infracción administrativa cometidos en el ámbito
de la Reserva de Biosfera de Menorca.
Artículo 98. Prescripción de infracciones y sanciones.

cve: BOE-A-2023-13670
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Título VII. Régimen sancionador.