III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-13656)
Resolución de 2 de junio de 2023, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Salamanca Ciudad de Cultura y Saberes, para la realización de la Exposición y actividades relacionadas con el Centenario del Fallecimiento de Tomas Bretón (1850-1923).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 81732
Comprobación material de los gastos realizados.
En orden a la comprobación efectiva de los gastos llevados a cabo por las partes
firmantes del presente convenio, y siendo al menos una de ellas organismo autónomo
dependiente de la Administración General del Estado y sujeta, por tanto, a la
Intervención General de Estado y a sus procedimientos, las partes se comprometen a
aportar relación certificada de gastos realmente realizados, si es que alguna de ellas
solicitara dicha certificación.
Quinta.
Proyecto expositivo y material gráfico.
El proyecto expositivo y todo el material divulgativo de la muestra, así como de las
actividades culturales, deberá contar con la aprobación explícita de la BNE con el fin de
garantizar su adecuación con los fines y objetivos de la BNE y la correcta utilización de
su imagen.
Tanto en el catálogo como en los soportes de gráfica, notas de prensa y en las
páginas web de la BNE y otros soportes gráficos y digitales y de cualquier otra entidad
en la que figure divulgada la exposición aparecerá el texto: «Exposición organizada por
la Biblioteca Nacional de España y la Fundación Salamanca Ciudad de Cultura y
Saberes».
Sexta. Logotipos y difusión.
En todos los materiales, tanto impresos como digitales, que se elaboren para la
promoción y divulgación de la exposición aparecerá el logo de BNE como entidad
organizadora, siendo necesaria su conformidad respecto a la presentación de su imagen.
El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado, de cualquier signo distintivo
protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes, facultará a
la otra para instar la resolución del presente convenio, sin perjuicio de la correspondiente
indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
El uso de la denominación, marca y logotipo de las partes se ajustará al modelo que
cada una proporcione.
Séptima. Invitaciones.
La BNE se encargará de la producción de las invitaciones con el formato en línea
habitual de la BNE.
A la inauguración invitará el Ministro de Cultura y Deporte.
Octava. Colaboradores y patrocinadores.
Las partes son libres de buscar cuantos colaboradores y/o patrocinadores estimen
convenientes. Su inclusión debe ser admitida por ambas partes.
Comisión de seguimiento.
Se crea una comisión mixta de vigilancia y seguimiento del convenio, de composición
paritaria, que se reunirá para resolver los problemas de interpretación y ejecución que
pudieran plantearse y controlará la ejecución del presente convenio.
Dicha comisión estará compuesta por:
Por parte de la BNE:
– El Director Cultural o persona que designe.
– La Jefa del Área de Exposiciones o persona que designe.
cve: BOE-A-2023-13656
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 81732
Comprobación material de los gastos realizados.
En orden a la comprobación efectiva de los gastos llevados a cabo por las partes
firmantes del presente convenio, y siendo al menos una de ellas organismo autónomo
dependiente de la Administración General del Estado y sujeta, por tanto, a la
Intervención General de Estado y a sus procedimientos, las partes se comprometen a
aportar relación certificada de gastos realmente realizados, si es que alguna de ellas
solicitara dicha certificación.
Quinta.
Proyecto expositivo y material gráfico.
El proyecto expositivo y todo el material divulgativo de la muestra, así como de las
actividades culturales, deberá contar con la aprobación explícita de la BNE con el fin de
garantizar su adecuación con los fines y objetivos de la BNE y la correcta utilización de
su imagen.
Tanto en el catálogo como en los soportes de gráfica, notas de prensa y en las
páginas web de la BNE y otros soportes gráficos y digitales y de cualquier otra entidad
en la que figure divulgada la exposición aparecerá el texto: «Exposición organizada por
la Biblioteca Nacional de España y la Fundación Salamanca Ciudad de Cultura y
Saberes».
Sexta. Logotipos y difusión.
En todos los materiales, tanto impresos como digitales, que se elaboren para la
promoción y divulgación de la exposición aparecerá el logo de BNE como entidad
organizadora, siendo necesaria su conformidad respecto a la presentación de su imagen.
El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado, de cualquier signo distintivo
protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes, facultará a
la otra para instar la resolución del presente convenio, sin perjuicio de la correspondiente
indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
El uso de la denominación, marca y logotipo de las partes se ajustará al modelo que
cada una proporcione.
Séptima. Invitaciones.
La BNE se encargará de la producción de las invitaciones con el formato en línea
habitual de la BNE.
A la inauguración invitará el Ministro de Cultura y Deporte.
Octava. Colaboradores y patrocinadores.
Las partes son libres de buscar cuantos colaboradores y/o patrocinadores estimen
convenientes. Su inclusión debe ser admitida por ambas partes.
Comisión de seguimiento.
Se crea una comisión mixta de vigilancia y seguimiento del convenio, de composición
paritaria, que se reunirá para resolver los problemas de interpretación y ejecución que
pudieran plantearse y controlará la ejecución del presente convenio.
Dicha comisión estará compuesta por:
Por parte de la BNE:
– El Director Cultural o persona que designe.
– La Jefa del Área de Exposiciones o persona que designe.
cve: BOE-A-2023-13656
Verificable en https://www.boe.es
Novena.