III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2023-13645)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 29 de marzo de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el Decreto-ley 9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Jueves 8 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81597

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
13645

Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 29 de marzo de
2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el Decreto-ley
9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación
en las Illes Balears.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 19 de mayo de 2023.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoComunidad Autónoma de Illes Balears en relación con el Decreto-Ley 9/2022, de 7 de
noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas llevadas a cabo por el grupo de
trabajo constituido por el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación
Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears para el estudio
y la propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación con los
artículos 5 y 6 y la disposición final quinta del Decreto-Ley 9/2022, de 7 de noviembre, de
medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears, ambas partes
consideran solventadas las controversias, de conformidad con los compromisos y las
consideraciones siguientes:

1. En relación con el artículo 5 apartado 1.a), el mismo debe ser interpretado y
aplicado en el sentido de que la referencia al reconocimiento por el SEPE de la
prestación contributiva o el subsidio por desempleo ha de entenderse igualmente válido
a los efectos de dicho precepto si tal reconocimiento se ha producido por el Instituto
Social de la Marina en su ámbito competencial propio.
2. Respecto al artículo 5 apartado 3 ambas partes interpretan que quedan excluidas
de la ayuda las personas a las que se les reconozca, en fecha posterior a 31 de marzo
de 2023, el derecho a prestación contributiva o subsidio por desempleo ya sea por el
SEPE o, en su ámbito competencial propio, por el Instituto Social de la Marina.
3. Asimismo, y en relación con el artículo 6 apartado 3 ambas partes interpretan y
así se aplicará por la Comunidad Autónoma que los datos de los trabajadores del

cve: BOE-A-2023-13645
Verificable en https://www.boe.es

a) Ambas partes coinciden en considerar que el Decreto-Ley 9/2022, de 7 de
noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears, se
aplicará y desarrollará, en el ejercicio de las potestades normativas y administrativas del
Gobierno Balear, con respeto a lo dispuesto en la normativa estatal y, en particular, de
acuerdo con los criterios interpretativos que se detallan a continuación: