V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2023-17267)
Extracto de la Orden de 6 de junio de 2023, por la que se convocan las becas de formación práctica en materia de recursos pesqueros y de economía financiera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 27380
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
17267
Extracto de la Orden de 6 de junio de 2023, por la que se convocan las
becas de formación práctica en materia de recursos pesqueros y de
economía financiera.
BDNS(Identif.):701644
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
701644)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las becas aquellas personas físicas con plena
capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones:
Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la
Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, residente legal en España, en los que concurran las circunstancias
previstas en las bases reguladoras establecidas en la Orden APA/511/2019, de 26
de abril, y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los casos
en que no se trate de candidatos españoles o hispanoamericanos y que lleven
residiendo en España por un periodo inferior a dos años. La acreditación del
dominio del idioma español en tales casos, podrá realizarse de manera
documental, a través de certificados de entes públicos o privados que garanticen
un nivel, al menos, B1, de acuerdo con el Marco común europeo de referencia para
las lenguas.
Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de
presentación de solicitudes, el título universitario de graduado, diplomado,
licenciado, ingeniero técnico o superior, o titulaciones equivalentes en materias y
especialidades relacionadas con las funciones de la Dirección General de Pesca
Sostenible para las becas del área de recursos pesqueros, y preferiblemente en
estudios de ciencias sociales y jurídicas como, Derecho, Economía, Administración
y Dirección de empresas, Gestión y Administración Pública, Relaciones
Internacionales o Periodismo para la beca del área de economía financiera.
No estar incurso en ninguna de las circunstancias y prohibiciones que impiden
obtener la condición de beneficiario de subvenciones según el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
Segundo. Objeto y finalidad
El objeto de la convocatoria es la concesión de cinco becas de formación
práctica para graduados, diplomados, licenciados, ingenieros técnicos o
cve: BOE-B-2023-17267
Verificable en https://www.boe.es
Haber finalizado los estudios indicados en el apartado anterior en los seis años
anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria,
para la que se solicite la beca, en el "Boletín Oficial del Estado".
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 27380
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
17267
Extracto de la Orden de 6 de junio de 2023, por la que se convocan las
becas de formación práctica en materia de recursos pesqueros y de
economía financiera.
BDNS(Identif.):701644
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
701644)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las becas aquellas personas físicas con plena
capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones:
Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la
Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, residente legal en España, en los que concurran las circunstancias
previstas en las bases reguladoras establecidas en la Orden APA/511/2019, de 26
de abril, y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los casos
en que no se trate de candidatos españoles o hispanoamericanos y que lleven
residiendo en España por un periodo inferior a dos años. La acreditación del
dominio del idioma español en tales casos, podrá realizarse de manera
documental, a través de certificados de entes públicos o privados que garanticen
un nivel, al menos, B1, de acuerdo con el Marco común europeo de referencia para
las lenguas.
Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de
presentación de solicitudes, el título universitario de graduado, diplomado,
licenciado, ingeniero técnico o superior, o titulaciones equivalentes en materias y
especialidades relacionadas con las funciones de la Dirección General de Pesca
Sostenible para las becas del área de recursos pesqueros, y preferiblemente en
estudios de ciencias sociales y jurídicas como, Derecho, Economía, Administración
y Dirección de empresas, Gestión y Administración Pública, Relaciones
Internacionales o Periodismo para la beca del área de economía financiera.
No estar incurso en ninguna de las circunstancias y prohibiciones que impiden
obtener la condición de beneficiario de subvenciones según el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
Segundo. Objeto y finalidad
El objeto de la convocatoria es la concesión de cinco becas de formación
práctica para graduados, diplomados, licenciados, ingenieros técnicos o
cve: BOE-B-2023-17267
Verificable en https://www.boe.es
Haber finalizado los estudios indicados en el apartado anterior en los seis años
anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria,
para la que se solicite la beca, en el "Boletín Oficial del Estado".