II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Destinos. (BOE-A-2023-13553)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso, convocado por Resolución de 2 de marzo de 2023, en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. II.A. Pág. 80972
No obstante, para el personal funcionario que se encuentre en licencia por
enfermedad se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por
ello finalice la licencia que tenga concedida.
Tercero.
Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios.
Cuarto.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el
acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda
al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2023-13553
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 30 de mayo de 2023.–La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social,
Gemma del Rey Almansa.
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. II.A. Pág. 80972
No obstante, para el personal funcionario que se encuentre en licencia por
enfermedad se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por
ello finalice la licencia que tenga concedida.
Tercero.
Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios.
Cuarto.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el
acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda
al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2023-13553
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 30 de mayo de 2023.–La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social,
Gemma del Rey Almansa.