III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-13590)
Resolución de 30 de mayo de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81243
conocer como consecuencia de las mismas. Para ello habrá de prestar su expresa
conformidad.
– Elaborar la memoria final de las prácticas, en la que haga constar sus datos
personales, la unidad y ubicación donde las ha realizado, los departamentos de la misma
a los que ha estado asignado, la descripción concreta y detallada de las tareas
desarrolladas, y la valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y
competencias que ha adquirido en relación con los estudios universitarios.
Quinta.
Seguros.
Durante todo el periodo de prácticas externas en la unidad del INAEM el estudiante o
la estudiante estará cubierto por el seguro de responsabilidad civil a cargo de la
Universidad.
El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas
oficiales de los respectivos centros de la UAH y al corriente de la cuota correspondiente.
El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de aplicación es el territorio
nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la
Seguridad Social.
En el caso de los/las estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados/as
en enseñanzas propias de la UAH, corresponderá al Servicio de Prácticas asegurar de
que el alumnado esté cubierto por el correspondiente seguro de accidente.
Por lo tanto, durante el periodo de realización de las prácticas externas en la unidad
del INAEM, el/la alumno/a quedará asimismo acogido al seguro escolar o, en su caso, al
correspondiente seguro de accidentes y/o a cuantos puedan resultar obligatorios, a
cargo de los estudiantes en prácticas.
Sexta.
Configuración de las prácticas.
El lugar y el tiempo de realización de las prácticas externas se fijarán en el Anexo a
este convenio, en el que también se incluirán las modalidades de las mismas, la
identificación de estudiantes y de tutores, el proyecto formativo, el horario, el sistema de
evaluación y cualquier otro extremo que se juzgue conveniente.
Si en el desarrollo del aprendizaje el estudiante o la estudiante no alcanzara el nivel
adecuado por desatención, incompetencia manifiesta o incumplimiento de las
instrucciones encomendadas, se comunicará inmediatamente a la Universidad esta
circunstancia y se podrá dar por finalizada la realización de la práctica con pérdida de los
derechos formativos.
Séptima.
Difusión de la colaboración del INAEM.
Octava.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
cve: BOE-A-2023-13590
Verificable en https://www.boe.es
El INAEM gozará del título de entidad colaboradora en prácticas externas de la
Universidad durante el tiempo de vigencia de este convenio.
En todos los actos publicitarios o de comunicación que eventualmente se lleven a
cabo para la difusión de los programas formativos objeto del presente Convenio se hará
constar expresamente la colaboración del INAEM. En consecuencia, la Universidad hará
uso de sus logotipos oficiales, que se pueden obtener en la página Web del Ministerio de
Cultura y Deporte.
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81243
conocer como consecuencia de las mismas. Para ello habrá de prestar su expresa
conformidad.
– Elaborar la memoria final de las prácticas, en la que haga constar sus datos
personales, la unidad y ubicación donde las ha realizado, los departamentos de la misma
a los que ha estado asignado, la descripción concreta y detallada de las tareas
desarrolladas, y la valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y
competencias que ha adquirido en relación con los estudios universitarios.
Quinta.
Seguros.
Durante todo el periodo de prácticas externas en la unidad del INAEM el estudiante o
la estudiante estará cubierto por el seguro de responsabilidad civil a cargo de la
Universidad.
El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas
oficiales de los respectivos centros de la UAH y al corriente de la cuota correspondiente.
El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de aplicación es el territorio
nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la
Seguridad Social.
En el caso de los/las estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados/as
en enseñanzas propias de la UAH, corresponderá al Servicio de Prácticas asegurar de
que el alumnado esté cubierto por el correspondiente seguro de accidente.
Por lo tanto, durante el periodo de realización de las prácticas externas en la unidad
del INAEM, el/la alumno/a quedará asimismo acogido al seguro escolar o, en su caso, al
correspondiente seguro de accidentes y/o a cuantos puedan resultar obligatorios, a
cargo de los estudiantes en prácticas.
Sexta.
Configuración de las prácticas.
El lugar y el tiempo de realización de las prácticas externas se fijarán en el Anexo a
este convenio, en el que también se incluirán las modalidades de las mismas, la
identificación de estudiantes y de tutores, el proyecto formativo, el horario, el sistema de
evaluación y cualquier otro extremo que se juzgue conveniente.
Si en el desarrollo del aprendizaje el estudiante o la estudiante no alcanzara el nivel
adecuado por desatención, incompetencia manifiesta o incumplimiento de las
instrucciones encomendadas, se comunicará inmediatamente a la Universidad esta
circunstancia y se podrá dar por finalizada la realización de la práctica con pérdida de los
derechos formativos.
Séptima.
Difusión de la colaboración del INAEM.
Octava.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
cve: BOE-A-2023-13590
Verificable en https://www.boe.es
El INAEM gozará del título de entidad colaboradora en prácticas externas de la
Universidad durante el tiempo de vigencia de este convenio.
En todos los actos publicitarios o de comunicación que eventualmente se lleven a
cabo para la difusión de los programas formativos objeto del presente Convenio se hará
constar expresamente la colaboración del INAEM. En consecuencia, la Universidad hará
uso de sus logotipos oficiales, que se pueden obtener en la página Web del Ministerio de
Cultura y Deporte.