III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13588)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Montería Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Montería Solar, de 59,02 MW de potencia instalada e infraestructura de evacuación, en Pozo de Guadalajara y Guadalajara (Guadalajara).
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81219
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa y de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La
Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Redexis
Gas, SA, y de UFD Distribución Electricidad, SA, en las que se recogen condicionados a
las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de Infraestructuras Agua Castilla-La Mancha, donde muestra
su oposición y ponen de manifiesto que la implantación propuesta en la zona genera
afecciones a las infraestructuras de abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas del
Río Tajuña, en concreto, se produce un paralelismo, en el municipio de Pozo de
Guadalajara, entre el Ramal Z1‐A, cuyo titular es este organismo, y el perímetro de la
planta solar, por lo que se deberá concretar sobre el terreno que quedan fuera de la
servidumbre de paso de la conducción. Se ha dado traslado al promotor, que declara
presentará planos técnicos describiendo las afecciones y cumpliendo la legislación
vigente una vez consolidado el Proyecto de Construcción y siempre previo inicio de
obras, asimismo solicitará a una visita técnica conjunta para la obtención de los permisos
pertinentes por el citado organismo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta
última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la
Diputación Provincial de Guadalajara, el Ayuntamiento de Pozo de Guadalajara, el
Ayuntamiento de Guadalajara, la Compañía Logística de Hidrocarburos, SA (EXOLUM),
Hidroeléctrica El Carmen Redes, SL, Red Eléctrica de España, SA y Telefónica de
España SAU, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 16 de julio de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Guadalajara. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo, a la Oficina Española del Cambio Climático de la Secretaría de
Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de
Infraestructura del Ministerio de Defensa de la Subdirección General de Patrimonio, a la
Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de
Protección Civil y Emergencias del Ministerio de Interior, a la Dirección General de
Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda
y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Medio Rural de la
cve: BOE-A-2023-13588
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81219
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa y de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La
Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Redexis
Gas, SA, y de UFD Distribución Electricidad, SA, en las que se recogen condicionados a
las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de Infraestructuras Agua Castilla-La Mancha, donde muestra
su oposición y ponen de manifiesto que la implantación propuesta en la zona genera
afecciones a las infraestructuras de abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas del
Río Tajuña, en concreto, se produce un paralelismo, en el municipio de Pozo de
Guadalajara, entre el Ramal Z1‐A, cuyo titular es este organismo, y el perímetro de la
planta solar, por lo que se deberá concretar sobre el terreno que quedan fuera de la
servidumbre de paso de la conducción. Se ha dado traslado al promotor, que declara
presentará planos técnicos describiendo las afecciones y cumpliendo la legislación
vigente una vez consolidado el Proyecto de Construcción y siempre previo inicio de
obras, asimismo solicitará a una visita técnica conjunta para la obtención de los permisos
pertinentes por el citado organismo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta
última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la
Diputación Provincial de Guadalajara, el Ayuntamiento de Pozo de Guadalajara, el
Ayuntamiento de Guadalajara, la Compañía Logística de Hidrocarburos, SA (EXOLUM),
Hidroeléctrica El Carmen Redes, SL, Red Eléctrica de España, SA y Telefónica de
España SAU, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 16 de julio de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Guadalajara. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo, a la Oficina Española del Cambio Climático de la Secretaría de
Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de
Infraestructura del Ministerio de Defensa de la Subdirección General de Patrimonio, a la
Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de
Protección Civil y Emergencias del Ministerio de Interior, a la Dirección General de
Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda
y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de Medio Rural de la
cve: BOE-A-2023-13588
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 135