V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2023-17115)
Extracto de la Orden de 31 de mayo de 2023 por la que se convocan subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 27071
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
17115
Extracto de la Orden de 31 de mayo de 2023 por la que se convocan
subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas.
BDNS(Identif.):700846
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
700846)
Primero. Beneficiarios:
Podrán solicitar estas subvenciones las siguientes entidades:
Fundaciones privadas, asociaciones y organizaciones no gubernamentales
(instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente
constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, de nacionalidad
española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados
signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal
en España.
Empresas privadas, ya sean personas jurídicas o físicas (autónomos), con
residencia fiscal en España cuyo objeto social y/ o actividad, único o entre otros,
sea la realización de actividades culturales.
Ayuntamientos.
Todas las entidades mencionadas en el punto Primero deberán acreditar haber
realizado actividades de promoción de la lectura y las letras españolas, como
mínimo, en los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de
publicación en el BOE del extracto de esta convocatoria.
Segundo. Finalidad:
Actividades de fomento de la lectura y las letras españolas entre el público
general, entre la población infantil y juvenil, acciones que promuevan la igualdad
de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades,
actividades literarias y seminarios, acciones de promoción de la lectura en zonas
rurales y/o despobladas, entre otros.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio
de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Importe:
El importe de las subvenciones convocadas para instituciones sin fines de lucro
será, como máximo, de 1.258.000 euros; el correspondiente a empresas privadas
será, como máximo, de 700.000 euros y el destinado a entidades locales será,
como máximo, de 700.000 euros.
cve: BOE-B-2023-17115
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras:
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 27071
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MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
17115
Extracto de la Orden de 31 de mayo de 2023 por la que se convocan
subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas.
BDNS(Identif.):700846
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
700846)
Primero. Beneficiarios:
Podrán solicitar estas subvenciones las siguientes entidades:
Fundaciones privadas, asociaciones y organizaciones no gubernamentales
(instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente
constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, de nacionalidad
española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados
signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal
en España.
Empresas privadas, ya sean personas jurídicas o físicas (autónomos), con
residencia fiscal en España cuyo objeto social y/ o actividad, único o entre otros,
sea la realización de actividades culturales.
Ayuntamientos.
Todas las entidades mencionadas en el punto Primero deberán acreditar haber
realizado actividades de promoción de la lectura y las letras españolas, como
mínimo, en los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de
publicación en el BOE del extracto de esta convocatoria.
Segundo. Finalidad:
Actividades de fomento de la lectura y las letras españolas entre el público
general, entre la población infantil y juvenil, acciones que promuevan la igualdad
de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades,
actividades literarias y seminarios, acciones de promoción de la lectura en zonas
rurales y/o despobladas, entre otros.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio
de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Importe:
El importe de las subvenciones convocadas para instituciones sin fines de lucro
será, como máximo, de 1.258.000 euros; el correspondiente a empresas privadas
será, como máximo, de 700.000 euros y el destinado a entidades locales será,
como máximo, de 700.000 euros.
cve: BOE-B-2023-17115
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Bases reguladoras: