III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-13424)
Resolución 420/38220/2023, de 30 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la financiación del XXX Curso Internacional de Defensa del año 2023 "Los motores de cambio de la Seguridad y Defensa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79789
Las partes intervinientes en el convenio asumen que deben informar a los titulares de
los datos personales de las características del tratamiento de los datos personales que,
en el marco del convenio, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el
consentimiento de los titulares de los datos personales para llevar a efecto los
tratamientos de los datos personales que sean consecuencia de las actuaciones
previstas en el convenio, y también asumen las obligaciones derivadas de la obligación
de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como de
implementar el correspondiente mecanismo que solvente las violaciones de la seguridad
de los datos personales que pudieran producirse; asumen, también, la obligación de
establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares de los datos
personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de datos
personales.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo del convenio incluirá la
oportuna cláusula sobre el tratamiento concreto de los datos personales, con
especificación de los puntos legalmente exigibles.
Los datos personales objeto de tratamiento a consecuencia del convenio se
incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento (RAT, s) de cada una de las
partes intervinientes en el convenio, con la finalidad de gestionar la relación descrita en
el convenio. Las partes intervinientes se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento
de los datos personales que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de los
fines del convenio. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el
responsable o el encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de
acceso, de rectificación, de supresión y portabilidad de los datos personales, y de
limitación u oposición al tratamiento de los datos.
Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el convenio y/o en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las responsabilidades
que deriven de los daños y perjuicios causados, a fin de garantizar al perjudicado la
indemnización efectiva, sin perjuicio del artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.
Financiación y pago de la subvención.
La aportación financiera del Gobierno de Aragón para apoyar económicamente,
mediante subvención, la celebración del Curso Internacional de Defensa del año 2023
«Los motores de cambio de la Seguridad y Defensa» será compatible con la percepción
de cualesquiera otras subvenciones, ayudas o ingresos, procedentes de cualquier
Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, de la Unión
Europea u organismos internacionales.
El Gobierno de Aragón podrá financiar el 100 % de la actividad subvencionable con
el límite de veinticinco mil euros (25.000,00 €), previsto en la cláusula segunda. En todo
caso, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de
tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En caso contrario, la
aportación del Gobierno de Aragón se reducirá en el importe excedido.
El pago por el Gobierno de Aragón se ajustará a lo dispuesto en el artículo 40 de la
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en el Decreto 186/1993,
de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones
concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
cve: BOE-A-2023-13424
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79789
Las partes intervinientes en el convenio asumen que deben informar a los titulares de
los datos personales de las características del tratamiento de los datos personales que,
en el marco del convenio, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el
consentimiento de los titulares de los datos personales para llevar a efecto los
tratamientos de los datos personales que sean consecuencia de las actuaciones
previstas en el convenio, y también asumen las obligaciones derivadas de la obligación
de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como de
implementar el correspondiente mecanismo que solvente las violaciones de la seguridad
de los datos personales que pudieran producirse; asumen, también, la obligación de
establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares de los datos
personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de datos
personales.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo del convenio incluirá la
oportuna cláusula sobre el tratamiento concreto de los datos personales, con
especificación de los puntos legalmente exigibles.
Los datos personales objeto de tratamiento a consecuencia del convenio se
incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento (RAT, s) de cada una de las
partes intervinientes en el convenio, con la finalidad de gestionar la relación descrita en
el convenio. Las partes intervinientes se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento
de los datos personales que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de los
fines del convenio. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el
responsable o el encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de
acceso, de rectificación, de supresión y portabilidad de los datos personales, y de
limitación u oposición al tratamiento de los datos.
Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el convenio y/o en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las responsabilidades
que deriven de los daños y perjuicios causados, a fin de garantizar al perjudicado la
indemnización efectiva, sin perjuicio del artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.
Financiación y pago de la subvención.
La aportación financiera del Gobierno de Aragón para apoyar económicamente,
mediante subvención, la celebración del Curso Internacional de Defensa del año 2023
«Los motores de cambio de la Seguridad y Defensa» será compatible con la percepción
de cualesquiera otras subvenciones, ayudas o ingresos, procedentes de cualquier
Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, de la Unión
Europea u organismos internacionales.
El Gobierno de Aragón podrá financiar el 100 % de la actividad subvencionable con
el límite de veinticinco mil euros (25.000,00 €), previsto en la cláusula segunda. En todo
caso, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de
tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En caso contrario, la
aportación del Gobierno de Aragón se reducirá en el importe excedido.
El pago por el Gobierno de Aragón se ajustará a lo dispuesto en el artículo 40 de la
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en el Decreto 186/1993,
de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones
concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
cve: BOE-A-2023-13424
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.