III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-13440)
Resolución de 24 de mayo de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Lunes 5 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 79971

designar a las personas que acuden a los cursos de formación y a las restantes
actividades científicas que se realicen.
d) Asesorar a los profesionales en la realización de revisiones sistemáticas y
difusión científica en revistas relacionadas con la práctica clínica en enfermería basada
en la evidencia.
e) Supervisar y apoyar las actividades científicas de investigación a las que se
comprometen los profesionales de la Comunidad Autónoma, incluyéndolo
semestralmente en la Newsletter del CECBE y en la memoria anual.
f) Aportar su conocimiento experto en las actividades que se realizan al amparo del
presente convenio.
2.

El ISCIII se compromete a:

a) Coordinar las revisiones sistemáticas que se propongan enmarcadas en alguna
de las líneas establecidas.
b) Coordinar y gestionar los talleres y los cursos de formación sobre la práctica
clínica basada en la evidencia y en metodología de la implantación de la evidencia en la
práctica clínica que se propongan.
c) Realizar la gestión económica de todas las actividades del CECBE.
d) Gestionar y coordinar las reuniones del Comité Científico y de la Comisión de
Seguimiento.
e) Potenciar la consecución de cuantas otras colaboraciones internacionales
puedan sumarse para la ejecución del Plan Estratégico establecido.
f) Representar al CECBE, a través de la Directora del mismo, en cuantas
actividades, eventos científicos o reuniones se le soliciten.
g) Gestionar las actividades, el presupuesto y la ejecución del proyecto, según los
acuerdos adoptados por la Comisión de Seguimiento.

Para el funcionamiento del CECBE, la contribución del ISCIII se valora en un total
de 16.000 euros anuales independientemente del número de Comunidades Autónomas
participantes. La contribución del ISCIII se realizará con cargo a los artículos
presupuestarios: 22 (12.800 euros) y 23 (3.200 euros) del presupuesto anual de gastos
del ISCIII, dependiendo de las disponibilidades presupuestarias. La aportación del ISCIII
se realizará según lo requiera el desarrollo de las actividades para la realización del
proyecto y no supone transferencia a ninguna de las Comunidades Autónomas
participantes.
La Comunidad Autónoma de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Ciencias de
la Salud aportará un máximo de 8.000 euros, que se hará efectivo antes del 31 de
diciembre de cada anualidad en la cuenta corriente del ISCIII, abierta en el Banco de
España (Calle Alcalá, 50. 28014 Madrid) IBAN ES4590000001200200009118, con cargo
a la aplicación presupuestaria G/5425/440142/55002 de los presupuestos, previa nota de
cargo del ISCIII, y dependiendo para las sucesivas anualidades de las disponibilidades
presupuestarias.
El presupuesto económico de este convenio será gestionado por el ISCIII,
distribuyéndose en gastos de personal, gastos de formación, gestión y soporte del CECBE
(45 %), soporte para la formación e investigación, viajes y dietas (30 %) y otros (25 %),
conforme las actividades descritas en la cláusula tercera y con el visto bueno de la
Comisión de Seguimiento.
Las aportaciones financieras a que se comprometen las partes no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
Quinta.

Memoria Económica.

A efectos de cumplir con lo previsto en la letra B, apartado c) de la cláusula segunda
del convenio, en marzo de cada año el ISCIII, para su aprobación por la Comisión de

cve: BOE-A-2023-13440
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Financiación.