III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13430)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alten Renovables Iberia 4, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Morata Solar de 60 MW de potencia pico y 52,3 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Villarrubia de Santiago (Toledo).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79825
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la nueva petición fue sometida a una nueva información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 14 de mayo de 2022
y 3 de junio de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado», con fecha 12 de mayo y 2 de
junio de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo». Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transición Energética de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
de Aguas de las Cuencas de España, SA y de la Dirección General de Desarrollo Rural
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España, SAU, de Naturgy Iberia,
SA, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Infraestructuras del Agua de CastillaLa Mancha de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección General
de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, y de la Demarcación de Carreteras del Estado en CastillaLa Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en las que se
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se da traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual expresa su conformidad con las mismas, así como su disposición para cumplir con
los condicionantes.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU de la que no se
desprende oposición al no existir afecciones a instalaciones de su propiedad y comunica
la necesaria resolución de los procedimientos de acceso y conexión para la instalación.
Se da traslado al promotor de dicha contestación, el cual no responde a la misma.
Se ha recibido contestación de Enagás, SA, de la que no se desprende oposición al
no existir afecciones a instalaciones de su propiedad. Se da traslado al promotor de
dicha contestación, el cual no responde a la misma.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Carreteras de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, en el que solicita documentación complementaria y
en el que establece condicionados técnicos y la necesidad de solicitar autorización ante
dicho organismo por la el acceso y cruzamiento con carreteras de su competencia. Se da
traslado al promotor de dicha contestación, el cual adjunta informe favorable de la
referida Dirección General de Carreteras.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), FCC Aqualia,
SA, el Ayuntamiento de Villatobas, la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Diputación Provincial
de Toledo, Exolum, SA e I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de
Protección Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Oficina de Cambio Climático de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Oficina Española de Cambio Climático, a la
Dirección General de Salud Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, al Servicio de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a
la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
cve: BOE-A-2023-13430
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79825
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la nueva petición fue sometida a una nueva información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 14 de mayo de 2022
y 3 de junio de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado», con fecha 12 de mayo y 2 de
junio de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo». Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transición Energética de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
de Aguas de las Cuencas de España, SA y de la Dirección General de Desarrollo Rural
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España, SAU, de Naturgy Iberia,
SA, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de Infraestructuras del Agua de CastillaLa Mancha de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección General
de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, y de la Demarcación de Carreteras del Estado en CastillaLa Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en las que se
establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se da traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual expresa su conformidad con las mismas, así como su disposición para cumplir con
los condicionantes.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU de la que no se
desprende oposición al no existir afecciones a instalaciones de su propiedad y comunica
la necesaria resolución de los procedimientos de acceso y conexión para la instalación.
Se da traslado al promotor de dicha contestación, el cual no responde a la misma.
Se ha recibido contestación de Enagás, SA, de la que no se desprende oposición al
no existir afecciones a instalaciones de su propiedad. Se da traslado al promotor de
dicha contestación, el cual no responde a la misma.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Carreteras de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, en el que solicita documentación complementaria y
en el que establece condicionados técnicos y la necesidad de solicitar autorización ante
dicho organismo por la el acceso y cruzamiento con carreteras de su competencia. Se da
traslado al promotor de dicha contestación, el cual adjunta informe favorable de la
referida Dirección General de Carreteras.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), FCC Aqualia,
SA, el Ayuntamiento de Villatobas, la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Diputación Provincial
de Toledo, Exolum, SA e I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de
Protección Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Oficina de Cambio Climático de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Oficina Española de Cambio Climático, a la
Dirección General de Salud Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, al Servicio de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a
la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha y a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
cve: BOE-A-2023-13430
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133