III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13437)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Ebisu, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica ISF Ebisu, de 111,56 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Las Ventas de Retamosa, Camarena, Chozas de Canales, Palomeque, Lominchar, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena (Toledo) y Cubas de la Sagra, Griñón, Serranillos del Valle, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Fuenlabrada y Leganés (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 79902

«Anteproyecto L/220 kV SC Apoyo Final DC-SE Leganés-TT.MM de Leganés», fechado
el 29 de septiembre de 2021, se componen de:
– Ocho circuitos subterráneos a 30 kV (cable RHZ1 18/30 kV) que conectarán cada
uno de los centros de transformación de la planta fotovoltaica con la subestación
Ebisu 30/220 kV.
– La subestación Ebisu 30/220 kV está ubicada en Casarrubios del Monte, en la
provincia de Toledo (dos transformadores de 85/105 MVA y 120/152 MVA).
– La Línea aérea de evacuación 220 kV, con origen la subestación Ebisu 30/220 kV
y final en la subestación colectora Cedillo-Leganés 220 kV, La línea tiene una longitud
de 23,8 km. Las características principales son:
● Sistema: Corriente alterna trifásica a 50 Hz.
● Tensión: 220 kV.
● Tramos aéreos (2) en simple circuito, con dos conductores por fase.
● Tramo aéreo (1) en doble circuito, con dos conductores por fase.
● Términos municipales: Casarrubios del Monte, Las Ventas de Retamosa,
Camarena, Chozas de Canales, Palomeque, Lominchar y Cedillo del Condado (Toledo).
– La Subestación colectora de concentración Cedillo-Leganés 220 kV, con
configuración en simple barra, ubicada en Cedillo del Condado, en la provincia de
Toledo.
– La línea mixta aérea-subterránea de 220 kV tiene como origen la subestación
Cedillo-Leganés 220 kV y finaliza en el Apoyo Final Doble Circuito. La línea tiene una
longitud de 36,4 km y las características principales son:
● Sistema: Corriente alterna trifásica.
● Tensión: 220 kV.
● Tramos aéreos (2) en doble circuito, con dos conductores por fase.
● Tramo subterráneo (1) en doble circuito, con un conductor por fase.
● Términos municipales afectados: Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas, Ugena,
Cubas de la Sagra, Griñón, Serranillos del Valle, Moraleja de Enmedio, Móstoles,
Fuenlabrada y Leganés, en las provincias de Toledo y Madrid.
– La línea mixta aérea-subterránea de 220 kV tiene como origen el Apoyo Final
Doble Circuito y finaliza en la subestación eléctrica Leganés 220 kV (Red Eléctrica de
España). La línea tiene una longitud de 3,58 km y las características principales son:
● Sistema: Corriente alterna trifásica.
● Tensión: 220 kV.
● Tramos aéreos (2) en simple circuito, con dos conductores por fase.
● Tramo subterráneo (1) en simple circuito, con un conductor por fase.
● Estación de Medida, ubicada en parcela 9 del polígono 40311 de Leganés.
● Término municipal afectado: Leganés, en la provincia de Madrid.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y

cve: BOE-A-2023-13437
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Núm. 133