III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13436)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Blue Viking Cristina, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Pioz RT1 de 100,00 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Pioz, Santorcaz, Anchuelo, Villalbilla, Torres de la Alameda y Loeches (Guadalajara y Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 79887

término municipal, considerando que colmatan la práctica totalidad de los espacios
disponibles, impidiendo el propio crecimiento vegetativo del municipio.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Loeches, donde pone de manifiesto que
la implantación de las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la zona genera una
congestión del suelo municipal por afecciones al patrimonio cultural, al crecimiento
urbanístico y a intereses de particulares. Se ha dado traslado al promotor, que justifica la
conformidad de la infraestructura propuesta por su carácter de servicio público e interés
social, así como la necesidad de su ubicación en el lugar seleccionado del que depende
la viabilidad técnica del proyecto. No se ha recibido respuesta del organismo a esta
última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de Anchuelo, el Ayuntamiento de Santorcaz, la
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento
del Gobierno de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Transportes y Movilidad de
la Consejería Fomento del Gobierno de Castilla La Mancha, la Dirección General de
Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid, la Subdirección General de Energía y Minas de la Dirección General de
Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de
la Comunidad de Madrid, la Subdirección General de Industria e Inspección de la
Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Grupo Ignis Energía, QEnergy,
Cornamusa Solar, SLU, Camareta Solar SLU y Jazztel, no se ha recibido contestación
por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 28 de mayo de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 7 de junio de 2022 en el «Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid» y, con fecha 6 de junio de 2022 en el «Diario Oficial de la Comunidad de
Madrid». Además, se publicó en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Pioz (con
fecha 9 de agosto de 2022), Alcalá de Henares (con fecha 24 de mayo de 2022),
Anchuelo (con fecha 1 de junio de 2022), Santorcaz (con fecha 23 de mayo de 2022) y
Villalbilla (con fecha 24 de mayo de 2022). Se recibieron alegaciones, las cuales fueron
contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Canal de Isabel II, SL, donde ponen de manifiesto
que tienen infraestructuras y terrenos que resultan afectados por el proyecto que
comprende este expediente. En concreto, a los siguientes bienes propiedad de Canal de
Isabel II: terrenos con expediente SAP 356 y 389, arteria depósito Villalbilla - Red
Villalbilla, arteria elevadora Villalbilla - Depósito de Corpa - Depósito Valdeaguilas, arteria
Elevadora Villalbilla - Depósito de Santorcaz, arteria Pozo de Guadalajara - Zona
Pezuela de las Torres - Piozcon, colector Sistema Saneamiento Torres de la Alameda
tramos B1, A1, A2 y la línea de comunicaciones Depósito Villalbilla - Depósito 1
Santorcaz. Para compatibilizar las infraestructuras, el Canal de Isabel II establece
condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Por otro lado, el promotor deberá
solicitar autorizaciones por ocupación de suelos de dominio público de Canal de Isabel II.
Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación, que contesta mostrando
conformidad con el contenido del citado informe y solicitando la aportación de
información para tener en cuenta los condicionantes que se aplicarán en cada caso y
evitar previsibles afecciones.
Se ha recibido alegaciones del Ayuntamiento de Pioz, donde pone de manifiesto que
la implantación de las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la zona genera una
congestión del suelo municipal por afecciones al paisaje, al patrimonio natural y cultural,
al crecimiento urbanístico y a intereses de particulares, asimismo, se pone de relieve la
aprobación de una moratoria para la ejecución de las obras de los citados proyectos,

cve: BOE-A-2023-13436
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