III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13298)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energías Renovables de Ormuz, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico El Cid I, de 36,6 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Cantavieja y Mirambel (Teruel) y Portell de Morella, Cinctorres y Morella (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023

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de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la de un parque eólico para la generación de energía
eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de este parque eólico son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Eólica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
36,6 MW.
– Número de aerogeneradores: 6 aerogeneradores de 6,1 MW cada uno.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 44 MW.
– Término municipal afectado: Cantavieja, en la provincia de Teruel.
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los proyectos «Parque Eólico El
Cid I (44 MW) en el t.m. de Cantavieja», fechado en junio de 2020, «Subestación
transformadora 30/132 kV El Cid I en el t.m. de Cantavieja», fechado en octubre
de 2020, «línea aérea de alta tensión 132 kV, SET Cid IV-SET Cid I-SET Iglesuela, en los
tt.mm. de Mirambel y Cantavieja», fechado en octubre de 2020, «Subestación
transformadora 30/132/400 kV Iglesuela en el t.m. de Cantavieja», fechado en octubre
de 2020 y «Línea aérea de alta tensión 400 kV SET Iglesuela-SET Morella, en los tt.mm.
de Cantavieja e Iglesuela del Cid en la provincia de Teruel y Portell de Morella,
Cinctorres y Morella, en la provincia de Castellón», fechado en octubre de 2020, se
componen de:
– Las líneas subterráneas a 30 kV que tienen como origen los aerogeneradores del
parque eólico, discurriendo hasta la subestación SET El Cid I 30/132 kV, la cual se ubica
en el término municipal de Cantavieja, en la provincia de Teruel.
– La línea de alta tensión «LAAT 132 kV SET El Cid IV-SET El Cid I-SET Iglesuela»,
que tiene como origen la subestación SET El Cid IV 30/132 kV hasta la subestación SET
Iglesuela 30/132/400 kV, con un trazado que afecta a los municipios de Mirambel y
Cantavieja, en la provincia de Teruel.
– La subestación eléctrica «SET Iglesuela 30/132/400 kV», ubicada en Cantavieja,
en la provincia de Teruel.
– La línea de alta tensión «LASAT 400 kV SET Iglesuela-SET Morella», tiene como
origen la subestación SET Iglesuela 30/132/400 kV hasta la subestación SET
Morella 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, con un trazado que afecta
a los municipios de Cantavieja, en la provincia de Teruel y Portell de Morella, Cinctorres y
Morella, en la provincia de Castellón.
– La subestación eléctrica «SET Cid I 30/132 kV», ubicada en Cantavieja, en la
provincia de Teruel.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado real decreto.

cve: BOE-A-2023-13298
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Núm. 132