I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Titulaciones académicas. (BOE-A-2023-13221)
Real Decreto 405/2023, de 29 de mayo, por el que se actualizan los títulos de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web, de la familia profesional Informática y Comunicaciones, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
97 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 79015
− Elementos de las bases de datos no relacionales.
− Sistemas gestores de bases de datos no relacionales.
− Herramientas de los sistemas gestores de bases de datos no relacionales
para la gestión de la información almacenada.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la
función de programación de bases de datos.
La función de programación de bases de datos incluye aspectos como:
− La planificación y realización del diseño lógico y físico de una base de datos.
− La normalización de esquemas.
− La inserción y manipulación de datos.
− La planificación y realización de consultas.
− La programación de procedimientos almacenados.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
− La gestión de la información almacenada en bases de datos.
− El desarrollo de aplicaciones que acceden a bases de datos.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), e),
f), p) y t) del ciclo formativo y las competencias b), c), e), p) y t) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten
alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
− La interpretación de diseños lógicos de bases de datos.
− La realización del diseño físico de una base de datos a partir de un diseño
lógico.
− La implementación y normalización de bases de datos.
− La realización de operaciones de consulta y modificación sobre los datos
almacenados.
− La programación de procedimientos almacenados.
− La utilización de bases de datos no relacionales.
El módulo profesional 0485. Programación queda redactado como sigue:
Módulo profesional: Programación.
Equivalencia en créditos ECTS: 14.
Código: 0485.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Reconoce la estructura de un programa informático, identificando y
relacionando los elementos propios del lenguaje de programación utilizado.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los bloques que componen la estructura de un
programa informático.
b) Se han creado proyectos de desarrollo de aplicaciones.
c) Se han utilizado entornos integrados de desarrollo.
d) Se han identificado los distintos tipos de variables y la utilidad específica
de cada uno.
e) Se ha modificado el código de un programa para crear y utilizar variables.
f) Se han creado y utilizado constantes y literales.
g) Se han clasificado, reconocido y utilizado en expresiones los operadores
del lenguaje.
cve: BOE-A-2023-13221
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 79015
− Elementos de las bases de datos no relacionales.
− Sistemas gestores de bases de datos no relacionales.
− Herramientas de los sistemas gestores de bases de datos no relacionales
para la gestión de la información almacenada.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la
función de programación de bases de datos.
La función de programación de bases de datos incluye aspectos como:
− La planificación y realización del diseño lógico y físico de una base de datos.
− La normalización de esquemas.
− La inserción y manipulación de datos.
− La planificación y realización de consultas.
− La programación de procedimientos almacenados.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
− La gestión de la información almacenada en bases de datos.
− El desarrollo de aplicaciones que acceden a bases de datos.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), e),
f), p) y t) del ciclo formativo y las competencias b), c), e), p) y t) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten
alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
− La interpretación de diseños lógicos de bases de datos.
− La realización del diseño físico de una base de datos a partir de un diseño
lógico.
− La implementación y normalización de bases de datos.
− La realización de operaciones de consulta y modificación sobre los datos
almacenados.
− La programación de procedimientos almacenados.
− La utilización de bases de datos no relacionales.
El módulo profesional 0485. Programación queda redactado como sigue:
Módulo profesional: Programación.
Equivalencia en créditos ECTS: 14.
Código: 0485.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Reconoce la estructura de un programa informático, identificando y
relacionando los elementos propios del lenguaje de programación utilizado.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los bloques que componen la estructura de un
programa informático.
b) Se han creado proyectos de desarrollo de aplicaciones.
c) Se han utilizado entornos integrados de desarrollo.
d) Se han identificado los distintos tipos de variables y la utilidad específica
de cada uno.
e) Se ha modificado el código de un programa para crear y utilizar variables.
f) Se han creado y utilizado constantes y literales.
g) Se han clasificado, reconocido y utilizado en expresiones los operadores
del lenguaje.
cve: BOE-A-2023-13221
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132