I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Titulaciones académicas. (BOE-A-2023-13220)
Real Decreto 404/2023, de 29 de mayo, por el que se actualizan los títulos de la formación profesional del sistema educativo de Técnico en Preimpresión Digital, Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia y Técnico Superior en Diseño y Gestión de la Producción Gráfica, de la familia profesional Artes Gráficas, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 78993

Criterios de evaluación:
a) Se han elaborado informes de revisión de los productos intermedios que
registren las incidencias y, en su caso, las listas de acciones correctivas.
b) Se han realizado los casos de pruebas necesarios, a lo largo del ciclo de
vida del proyecto, comprobando su ajuste a los requisitos especificados.
c) Se ha verificado el funcionamiento de cada componente individual una vez
codificado, empleando pruebas unitarias de caja blanca y caja negra.
d) Se ha verificado el ensamblaje e interacción entre los componentes,
empleando pruebas de integración.
e) Se ha verificado el funcionamiento correcto de las interfaces entre los
distintos subsistemas y con los sistemas con los que se comunica.
f) Se ha verificado el funcionamiento correcto en el entorno real de
operación, analizando los resultados de las pruebas de implantación.
g) Se ha verificado que el producto final cumple con el funcionamiento y
rendimiento esperado, empleando pruebas de aceptación.
h) Se ha verificado que los cambios sobre un componente no introducen
errores o comportamientos anómalos, empleando pruebas de regresión.
i) Se han corregido los defectos o errores y repetido las pruebas que los
detectaron y, en su caso, otros casos de prueba ya realizados.
5. Elabora los manuales de usuario, técnicos y de mantenimiento de
productos editoriales multimedia, haciendo uso de técnicas de documentación de
proyectos y aplicaciones de edición de sistemas interactivos de ayuda.
Criterios de evaluación:
a) Se ha determinado la documentación necesaria para facilitar la operación,
mantenimiento y uso de los productos editoriales multimedia.
b) Se han determinado los estándares que se deben seguir en la elaboración
y el formato, estructura y soporte en el que se van a generar los manuales.
c) Se ha elaborado el manual de usuario o ayuda en soporte digital y
valorado su integración en el producto para la eficiencia del usuario final.
d) Se ha comprobado que los manuales se han descrito de forma clara,
concisa y didáctica verificando su ajuste a los criterios establecidos.
e) Se han garantizado los mecanismos de distribución y mantenimiento de
las versiones adecuadas de los productos y de los manuales necesarios.
f) Se han compilado los informes resultantes de las revisiones formales y
técnicas, confeccionando el dossier de aseguramiento de la calidad.
g) Se han localizado, indexado y documentado los elementos del proyecto
susceptibles de mejora y los reutilizables en otros proyectos.
h) Se ha realizado el balance final, se ha actualizado el histórico de proyectos y se
ha archivado adecuadamente toda la documentación utilizada o generada.
6. Realiza el plan de seguimiento de la distribución y uso del producto
editorial multimedia, elaborando propuestas de mejora y futuros desarrollos.
Criterios de evaluación:
a) Se ha definido la estrategia para obtener los datos de distribución y uso
siguiendo los procedimientos de la empresa.
b) Se han determinado los datos relevantes del plan de seguimiento de la
distribución verificando los procedimientos establecidos.
c) Se ha garantizado el tratamiento de los datos de usuario de forma transparente,
respetando la intimidad del usuario y la normativa de protección de datos.
d) Se ha realizado el informe de mejoras y posible desarrollo del producto
multimedia, documentando la viabilidad técnica, la inversión y el retorno estimado.

cve: BOE-A-2023-13220
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Núm. 132