I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Titulaciones académicas. (BOE-A-2023-13219)
Real Decreto 403/2023, de 29 de mayo, por el que se actualiza el título de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, de la familia profesional Agraria, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 78886
Artículo segundo. Actualización del Real Decreto 260/2011, de 28 de febrero, por el
que se establece el título de Técnico Superior en Gestión forestal y del Medio Natural
y se fijan sus enseñanzas mínimas.
El Real Decreto 260/2011, de 28 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural y se fijan sus enseñanzas
mínimas se modifica en los siguientes términos:
Uno.
El artículo 2 queda redactado como sigue:
«Artículo 2.
Identificación.
El título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural queda
identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Gestión Forestal y del Medio Natural.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2000 horas.
Equivalencia en créditos ECTS: 120.
Familia profesional: Agraria.
Ramas de conocimiento: Ciencias. Ingeniería y Arquitectura.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación:
P-5.5.4.
Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior: Nivel 1
Técnico Superior.»
Dos. El artículo 5 queda redactado como sigue:
«Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
a) Determinar los trabajos que hay que realizar, interpretando y analizando
las partes de proyectos forestales.
b) Realizar operaciones topográficas, manejando los instrumentos y aparatos
de medida.
c) Realizar trabajos en altura, utilizando las herramientas y máquinas en
condiciones de seguridad.
d) Planificar y realizar las actividades de repoblación forestal y de corrección
hidrológica forestal, contribuyendo a la mejora del medio natural.
e) Programar y realizar tratamientos selvícolas, organizando los medios
materiales y humanos requeridos.
f) Programar y organizar las actividades de aprovechamiento de los
productos forestales, verificando los recursos del medio.
g) Organizar y realizar los trabajos de inventario, manejando los materiales y
equipos de medición.
h) Programar las actuaciones de mejora del hábitat de las especies
cinegéticas y acuícolas continentales, analizando el medio y las poblaciones de
especies vegetales y animales.
i) Programar y realizar la producción de semillas y plantas en vivero,
analizando los factores que garantizan la viabilidad y calidad de los productos.
j) Controlar y extinguir los incendios forestales actuando sobre los factores de
riesgo.
k) Controlar el estado sanitario de las plantas e instalaciones, programando y
supervisando los métodos de control.
cve: BOE-A-2023-13219
Verificable en https://www.boe.es
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las
que se relacionan a continuación:
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 78886
Artículo segundo. Actualización del Real Decreto 260/2011, de 28 de febrero, por el
que se establece el título de Técnico Superior en Gestión forestal y del Medio Natural
y se fijan sus enseñanzas mínimas.
El Real Decreto 260/2011, de 28 de febrero, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural y se fijan sus enseñanzas
mínimas se modifica en los siguientes términos:
Uno.
El artículo 2 queda redactado como sigue:
«Artículo 2.
Identificación.
El título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural queda
identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Gestión Forestal y del Medio Natural.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2000 horas.
Equivalencia en créditos ECTS: 120.
Familia profesional: Agraria.
Ramas de conocimiento: Ciencias. Ingeniería y Arquitectura.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación:
P-5.5.4.
Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior: Nivel 1
Técnico Superior.»
Dos. El artículo 5 queda redactado como sigue:
«Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
a) Determinar los trabajos que hay que realizar, interpretando y analizando
las partes de proyectos forestales.
b) Realizar operaciones topográficas, manejando los instrumentos y aparatos
de medida.
c) Realizar trabajos en altura, utilizando las herramientas y máquinas en
condiciones de seguridad.
d) Planificar y realizar las actividades de repoblación forestal y de corrección
hidrológica forestal, contribuyendo a la mejora del medio natural.
e) Programar y realizar tratamientos selvícolas, organizando los medios
materiales y humanos requeridos.
f) Programar y organizar las actividades de aprovechamiento de los
productos forestales, verificando los recursos del medio.
g) Organizar y realizar los trabajos de inventario, manejando los materiales y
equipos de medición.
h) Programar las actuaciones de mejora del hábitat de las especies
cinegéticas y acuícolas continentales, analizando el medio y las poblaciones de
especies vegetales y animales.
i) Programar y realizar la producción de semillas y plantas en vivero,
analizando los factores que garantizan la viabilidad y calidad de los productos.
j) Controlar y extinguir los incendios forestales actuando sobre los factores de
riesgo.
k) Controlar el estado sanitario de las plantas e instalaciones, programando y
supervisando los métodos de control.
cve: BOE-A-2023-13219
Verificable en https://www.boe.es
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las
que se relacionan a continuación: