V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (BOE-B-2023-16836)
Extracto de la Resolución de 2 de junio 2023 del Servicio Público de Empleo Estatal de Melilla, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones públicas en el marco del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral dirigidas prioritariamente a los desempleados, en aplicación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación Profesional para el empleo ejercicio 2023
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 26559
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
16836
Extracto de la Resolución de 2 de junio 2023 del Servicio Público de
Empleo Estatal de Melilla, por la que se aprueba la convocatoria, en
régime n de concurre ncia compe titiva, para la conce sión de
subve ncione s públicas e n e l marco de l Siste ma de Formación
Profe sional para e l e mple o e n e l ámbito laboral dirigidas
prioritariamente a los desempleados, en aplicación de la Ley 30/2015,
de 9 de se ptie mbre , por la que se re gula e l siste ma de formación
Profe sional para e l e mple o e je rcicio 2023
BDNS(Identif.):700436
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
700436)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en
el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo ,las entidades de
formación contempladas en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre
que, en la fecha de presentación de su solicitud estén inscritas, en el Registro de
Entidades de Formación, para las especialidades formativas objetos de la
formación, en la modalidad presencial, y con presencia en el ámbito territorial en la
ciudad de Melilla, debiendo disponer en dicho ámbito de las instalaciones
debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas
solicitadas, de acuerdo con lo establecido en el art 15.3 de la ley 30/2015, de 9 de
septiembre, las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad de
terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la
ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el
correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad. no se admitirán solicitudes
de entidades de formación que no se encuentren inscrita en la fecha de propuesta
provisional de esta convocatoria. no podrán obtener la condición de beneficiarios
de las subvenciones reguladas en la Orden TMS/368/2019, de 25 de marzo las
entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el
artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Tampoco podrán acceder a la condición de beneficiarias, las
entidades a las que se les haya impuesto mediante resolución firme sanción.
La aprobación de la convocatoria para el año 2023 de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de acciones de
formación de oferta, impartidas en la modalidad presencial, para al menos 15
alumnos en cada acción formativa, dirigidas prioritariamente a los trabajadores
desempleados y no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad.
Tercero: Base Reguladora.
La presente convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras
contenidas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo (BOE del 1 de abril), que
cve: BOE-B-2023-16836
Verificable en https://www.boe.es
Segundo: Objeto.
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 26559
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MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
16836
Extracto de la Resolución de 2 de junio 2023 del Servicio Público de
Empleo Estatal de Melilla, por la que se aprueba la convocatoria, en
régime n de concurre ncia compe titiva, para la conce sión de
subve ncione s públicas e n e l marco de l Siste ma de Formación
Profe sional para e l e mple o e n e l ámbito laboral dirigidas
prioritariamente a los desempleados, en aplicación de la Ley 30/2015,
de 9 de se ptie mbre , por la que se re gula e l siste ma de formación
Profe sional para e l e mple o e je rcicio 2023
BDNS(Identif.):700436
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
700436)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en
el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo ,las entidades de
formación contempladas en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre
que, en la fecha de presentación de su solicitud estén inscritas, en el Registro de
Entidades de Formación, para las especialidades formativas objetos de la
formación, en la modalidad presencial, y con presencia en el ámbito territorial en la
ciudad de Melilla, debiendo disponer en dicho ámbito de las instalaciones
debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas
solicitadas, de acuerdo con lo establecido en el art 15.3 de la ley 30/2015, de 9 de
septiembre, las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad de
terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la
ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el
correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad. no se admitirán solicitudes
de entidades de formación que no se encuentren inscrita en la fecha de propuesta
provisional de esta convocatoria. no podrán obtener la condición de beneficiarios
de las subvenciones reguladas en la Orden TMS/368/2019, de 25 de marzo las
entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el
artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Tampoco podrán acceder a la condición de beneficiarias, las
entidades a las que se les haya impuesto mediante resolución firme sanción.
La aprobación de la convocatoria para el año 2023 de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de acciones de
formación de oferta, impartidas en la modalidad presencial, para al menos 15
alumnos en cada acción formativa, dirigidas prioritariamente a los trabajadores
desempleados y no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad.
Tercero: Base Reguladora.
La presente convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras
contenidas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo (BOE del 1 de abril), que
cve: BOE-B-2023-16836
Verificable en https://www.boe.es
Segundo: Objeto.