III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector gasista. (BOE-A-2023-13213)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78755

Peaje

Tamaño

(kWh)

Término fijo
por capacidad

(€/kWh/día y año)

Término variable
por volumen

(€/kWh)

RLPS.6

1.500.000 < C ≤ 5.000.000

0,736703

0,004506

RLPS.7

5.000.000 < C ≤ 15.000.000

0,419973

0,001656

RLPS.8

15.000.000 < C ≤ 50.000.000

0,291440

0,000567

RL.9

50.000.000 < C ≤ 150.000.000

0,157582

0,000464

RL.10

150.000.000 < C ≤ 500.000.000

0,150780

0,000379

RL.11

C > 500.000.000

0,120583

0,000084

2.3

Multiplicadores aplicables a los contratos de duración inferior a un año.

Conforme al artículo 23 de la Circular 6/2020, de 22 de julio, a los contratos de
duración inferior a un año les serán de aplicación los multiplicadores aplicables a las
salidas de la red de transporte a redes locales.
3.

Peajes de acceso a las instalaciones de regasificación.

Los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación son los siguientes:
3.1

Peajes asociados a cada uno de los servicios prestados en la planta.

Los peajes asociados a cada uno de los servicios prestados en la planta de
regasificación son los siguientes, calculados de acuerdo a lo establecido en el capítulo IV
de la Circular 6/2020, de 22 de julio:
a)

Peaje de descarga de buques.

Los valores del peaje de descarga de buques son los siguientes:
– TFdescarga,i (Término fijo del peaje de descarga de buques) en función del tamaño
del buque:
TFdescarga en €/buque

S: Tamaño del buque inferior o igual a 40.000 m3 de GNL.

3.534

M: Tamaño del buque superior a 40.000 m de GNL e inferior o igual
a 75.000 m3 de GNL.

3.534

L: Tamaño del buque superior a 75.000 m3 de GNL e inferior o igual
a 150.000 m3 de GNL.

4.175

XL: Tamaño del buque superior a 150.000 m3 de GNL e inferior o igual
a 216.000 m3 de GNL.

4.766

XXL: Tamaño del buque superior a 216.000 m3 de GNL.

4.766

3

– TVdescarga (Término variable del peaje de descarga de buques): 0,000024 €/kWh.
b)

Peaje de almacenamiento de GNL.

Los valores del peaje de almacenamiento de GNL son los siguientes:
– TCGNL: (término de capacidad del peaje de almacenamiento de GNL): 0,000454
€/(kWh/día)/año.
– TVGNL: (término variable del peaje de almacenamiento de GNL): 0,000002 €/kWh.

cve: BOE-A-2023-13213
Verificable en https://www.boe.es

Tamaño del buque