III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13171)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78344

La finalidad general de las transferencias a las fundaciones y consorcios era la de coadyuvar al
desarrollo de las distintas actividades que se realizan en estos centros. Se han examinado los
convenios y las resoluciones de concesión de estas ayudas, suscritos de conformidad con lo
previsto en el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(LGS). La única incidencia observada en los expedientes de concesión es la falta de acreditación
por las entidades beneficiarias de la recepción de otros ingresos o subvenciones para la misma
finalidad.
El Premio Internacional Menéndez Pelayo se concedió en 2017, sin ser registrado contablemente
en este ejercicio. El reconocimiento de los derechos se demoró hasta 2018, cuando fue abonado.
II.7.2. Análisis de las becas
La UIMP no había aprobado en 2017 el plan estratégico de subvenciones exigido por el artículo
8.1 de la LGS. Como consecuencia, no había concretado los objetivos y efectos a alcanzar con su
concesión, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de
financiación. Tampoco el Ministerio de adscripción disponía de plan estratégico de subvenciones.
La UIMP no disponía de manuales de procedimientos ni de un sistema adecuado de control
interno en relación con la tramitación de las subvenciones. Las distintas líneas se gestionaban
desde distintos departamentos, no existiendo criterios unificados en cuanto a los procedimientos,
la baremación, la aceptación de documentos, los requerimientos para subsanar deficiencias, la
justificación necesaria, etc. Otra deficiencia de control interno era el registro contable de las
subvenciones sin una descripción homogénea que permitiera la identificación inequívoca de los
apuntes contables relacionados con cada línea de subvención o ayuda y permita el seguimiento
individualizado de las diversas fases del procedimiento. La segregación de funciones tampoco era
adecuada al participar una misma persona en los procesos de selección de beneficiarios y de
instrucción del procedimiento.
Las ayudas del programa 323M consistían en becas destinadas a financiar prácticas remuneradas
en la UIMP o la asistencia a cursos y actividades de posgrado, subvencionando en estos casos
las matrículas de inscripción o el alojamiento y la manutención de los beneficiarios. El número de
ayudas que estaba previsto financiar era de 1.648, concediéndose finalmente 960. Las ayudas
concedidas correspondían a las siguientes líneas de subvenciones.
CUADRO N.º 19
LÍNEAS DE BECAS
(Euros)
N.º AYUDAS
CONVOCADAS

DESTINATARIOS

OBJETO AYUDAS

OBLIGACIONES
RECONOCIDAS
2017

1. Altamira

8

Alumnos de la Escuela Universitaria de Turismo
“Altamira”

Prácticas remuneradas en la UIMP

12.230,68

2. Cantabria

8

Alumnos de la Universidad de Cantabria

Prácticas remuneradas en la UIMP

12.910,41

Alumnos de cualquier Universidad española

Asistencia cursos verano

234.056,05

Alumnos de posgrado de la UIMP

Matriculas de posgrado

28.606,84

3. Asistencia
actividades
académicas

1.500

4. Excelencia

30

5. Máster UCM

1

6. Máster UCIII

1

7. Aula verano Ortega
y Gasset

100

TOTAL BECAS

1.648

Alumnos que cursen el Máster en gestión cultural
propio de la UCM
Alumnos que cursen el Máster en gestión cultural de
la UCIII
Jóvenes con mejores expedientes de bachillerato o
formación profesional

Fuente: Elaboración Tribunal de Cuentas.

Prácticas remuneradas en la UIMP

1.740,87

Prácticas remuneradas en la UIMP

1.948,61

Asistencia al aula de verano Ortega
y Gasset

70.315,80
361.809,26

cve: BOE-A-2023-13171
Verificable en https://www.boe.es

LÍNEA SUBVENCIÓN