III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13170)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78245

I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA Y ANTECEDENTES DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó, en su sesión de 19 de diciembre de 2019, el
Programa Anual de Fiscalizaciones correspondiente al año 2020, en el que se incluyó, a iniciativa
del propio Tribunal, la “fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, ejercicios 2018 y 2019”.
1.2. La anterior fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP (en adelante FTR, la Fundación
o el Teatro) fue referida al ejercicio 2012. El correspondiente Informe, en el que se incluían diez
recomendaciones, fue aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 29 de septiembre de
2014. La Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas aprobó
una Resolución en relación con el mismo el 10 de marzo de 2015, en la que instaba a la
Fundación a realizar ocho actuaciones. El cumplimiento de dichas recomendaciones y de la
Resolución de la Comisión Mixta fue analizado en el “Informe de seguimiento de las principales
recomendaciones incluidas en diversos Informes de fiscalización aprobados en el periodo 2013 a
2016, sobre entidades del sector público estatal relacionadas con los ámbitos financiero,
regulatorio, de investigación y de la cultura”, aprobado por el Pleno el 20 de diciembre de 2018. En
este Informe se concluyó que varias de las recomendaciones y de las actuaciones instadas por la
Comisión Mixta relativas a la FTR estaban pendientes de cumplimiento total o parcial a 31 de
diciembre de 2017.
1.3. En el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de diciembre de 2019 se han
celebrado el bicentenario del Teatro Real y el vigésimo aniversario de su reapertura, actos
declarados acontecimiento de excepcional interés público por las leyes de Presupuestos
Generales del Estado (PGE) para 2015 y 2017. Ello ha supuesto un incremento de la actividad
económico-financiera de la Fundación.
1.4. El tiempo transcurrido desde la última fiscalización completa de la Fundación, la existencia de
varias recomendaciones derivadas de la misma pendientes de cumplimiento y el incremento
señalado de su actividad económico-financiera son los motivos de la inclusión de la presente
fiscalización en el Programa Anual de Fiscalizaciones del Tribunal para el ejercicio 2020.
1.5. Esta actuación fiscalizadora se enmarca en la puesta en práctica del Plan Estratégico del
Tribunal de Cuentas 2018-2021, contribuyendo a la consecución de diversos objetivos
estratégicos del mismo. Así, se encuadra en las actuaciones tendentes al cumplimiento del
objetivo estratégico 1 “Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económicofinanciera del sector público” y, en concreto, de los siguientes objetivos específicos: 1.2 “Fomentar
buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas”; y 1.4 “Incrementar
las fiscalizaciones operativas”. También contribuye al cumplimiento del objetivo estratégico 2
“Fortalecer la posición institucional y el reconocimiento social del Tribunal de Cuentas”, a través
del objetivo específico 2.3 “Contribuir al fortalecimiento del control interno”.

I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.7. El ámbito subjetivo de la fiscalización es la FTR, fundación del sector público estatal de
acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 128 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

cve: BOE-A-2023-13170
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1.6. El Pleno, en su sesión de 27 de febrero de 2020, acordó el inicio de este procedimiento
fiscalizador y el 30 de abril de 2020 aprobó sus Directrices Técnicas, según lo establecido en los
apartados b) y g) del artículo 3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de
Cuentas (LFTCu), y siguiendo lo dispuesto al efecto en las Normas de Fiscalización del Tribunal
de Cuentas aprobadas el 23 de diciembre de 2013.