III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13169)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78171
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
13169
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para
las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación, ejercicio 2018.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 28 de febrero de 2023, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación, ejercicio 2018, acuerda:
– Reforzar los mecanismos de control interno en la gestión de inventarios,
contratación, e ingresos.
– Aprobar una relación de puestos de trabajo para el personal laboral fijo detallando
las tareas y responsabilidades de los puestos de trabajo necesarias para el cumplimiento
de sus fines, de modo que permita diagnosticar una escasez en el número de efectivos o
una inadecuada distribución de los existentes y lograr la mayor eficiencia posible.
– Realizar un estudio de costes directos e indirectos adecuado de las diferentes
actuaciones que desarrolla la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación en las distintas prestaciones de servicios para garantizar su cobertura
financiera, así como valorar su naturaleza mediante la comprobación del cumplimiento
de las condiciones establecidas en la normativa de tasas y precios públicos, de modo
que se implanten los procedimientos de gestión adecuados a cada caso.
– Definir indicadores de gestión, de forma que proporcionen información útil para el
seguimiento de los objetivos y la toma de decisiones, y que se implante sin mayor
dilación una contabilidad analítica que permita disponer de información sobre los costes
de las actividades.
– Redefinir algunos de sus indicadores de gestión de forma que proporcionen
información válida para el seguimiento de los objetivos establecidos y para la toma de
decisiones. Asimismo, sería recomendable acomodar el contenido de las memorias
presupuestarias a los instrumentos de planificación anual y plurianual para que
constituyan un elemento adecuado de examen del desarrollo de la acción pública de la
ANECA.
– Hacer uso de los activos disponibles en el Parque Móvil del Estado para las
necesidades de servicio ineludibles y representación existentes en el mismo.
– Proceder a la valoración de la naturaleza de las diversas prestaciones de servicios
realizadas, mediante la comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas
por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos para su configuración
como precios públicos o tasas, de modo que se implanten los procedimientos de gestión
adecuados a cada caso.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2023.–El Presidente de la
Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel
Alonso Jiménez.
cve: BOE-A-2023-13169
Verificable en https://www.boe.es
1. Instar al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo de los
requisitos formales que han de reunir los convenios de formalización de las encomiendas
de gestión del artículo 11.3 b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
2. Instar a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)
a:
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78171
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
13169
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para
las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación, ejercicio 2018.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 28 de febrero de 2023, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación, ejercicio 2018, acuerda:
– Reforzar los mecanismos de control interno en la gestión de inventarios,
contratación, e ingresos.
– Aprobar una relación de puestos de trabajo para el personal laboral fijo detallando
las tareas y responsabilidades de los puestos de trabajo necesarias para el cumplimiento
de sus fines, de modo que permita diagnosticar una escasez en el número de efectivos o
una inadecuada distribución de los existentes y lograr la mayor eficiencia posible.
– Realizar un estudio de costes directos e indirectos adecuado de las diferentes
actuaciones que desarrolla la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación en las distintas prestaciones de servicios para garantizar su cobertura
financiera, así como valorar su naturaleza mediante la comprobación del cumplimiento
de las condiciones establecidas en la normativa de tasas y precios públicos, de modo
que se implanten los procedimientos de gestión adecuados a cada caso.
– Definir indicadores de gestión, de forma que proporcionen información útil para el
seguimiento de los objetivos y la toma de decisiones, y que se implante sin mayor
dilación una contabilidad analítica que permita disponer de información sobre los costes
de las actividades.
– Redefinir algunos de sus indicadores de gestión de forma que proporcionen
información válida para el seguimiento de los objetivos establecidos y para la toma de
decisiones. Asimismo, sería recomendable acomodar el contenido de las memorias
presupuestarias a los instrumentos de planificación anual y plurianual para que
constituyan un elemento adecuado de examen del desarrollo de la acción pública de la
ANECA.
– Hacer uso de los activos disponibles en el Parque Móvil del Estado para las
necesidades de servicio ineludibles y representación existentes en el mismo.
– Proceder a la valoración de la naturaleza de las diversas prestaciones de servicios
realizadas, mediante la comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas
por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos para su configuración
como precios públicos o tasas, de modo que se implanten los procedimientos de gestión
adecuados a cada caso.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2023.–El Presidente de la
Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel
Alonso Jiménez.
cve: BOE-A-2023-13169
Verificable en https://www.boe.es
1. Instar al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo de los
requisitos formales que han de reunir los convenios de formalización de las encomiendas
de gestión del artículo 11.3 b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
2. Instar a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)
a: