III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Evaluación educativa. (BOE-A-2023-13181)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establece el procedimiento para la constitución de un panel de expertos y expertas para colaborar con el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, para la elaboración y revisión de materiales e instrumentos de evaluación asociados a las evaluaciones del sistema educativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78571
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de
Educación, por la que se establece el procedimiento para la constitución de
un panel de expertos y expertas para colaborar con el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa, para la elaboración y revisión de materiales e
instrumentos de evaluación asociados a las evaluaciones del sistema
educativo.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), establece en su artículo 143 la
Evaluación general del sistema educativo. «El Instituto Nacional de Evaluación
Educativa, en colaboración con las Administraciones educativas, en el marco de la
evaluación general del sistema educativo, realizará las evaluaciones que permitan
obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las Comunidades
Autónomas como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones versarán sobre las
competencias establecidas en el currículo y se desarrollarán en la enseñanza primaria y
secundaria. […]». En el apartado 143.2 se indica que «A tal fin, en el último curso de
educación primaria y de educación secundaria obligatoria, el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa, y los organismos correspondientes de las Administraciones
educativas […] llevarán a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las
competencias adquiridas por los alumnos o alumnas».
Por otro lado, el artículo 144, en relación con la Evaluación de diagnóstico establece
que «En el cuarto curso de educación primaria todos los centros realizarán una
evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por su alumnado. Esta
evaluación, que será responsabilidad de las Administraciones educativas, tendrá
carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el
alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa».
En el artículo 142 se recoge que «Realizarán la evaluación del sistema educativo e
Instituto Nacional de Evaluación Educativa y los organismos correspondientes de las
Administraciones educativas que estas determinen, que evaluarán el sistema educativo
en el ámbito de sus competencias».
En la Disposición final quinta, apartado 8 de la LOMLOE, Calendario de implantación,
se indica que «Las evaluaciones de diagnóstico a las que se refieren los artículos 21
y 29 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación comenzarán a aplicarse en
el curso escolar en el que se implanten los cursos cuartos de educación primaria y
segundo de educación secundaria obligatoria», lo que corresponde al curso 2023-2024.
Por su parte, está previsto que la primera edición de las evaluaciones generales del
sistema se realice una vez implantadas las modificaciones introducidas en el currículo de
todos los cursos de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Para cumplir la tarea que tiene encomendada, el INEE precisa contar con
especialistas ajenos al mismo que colaboren en la realización de las pruebas que se
aplican a los alumnos y alumnas en los diferentes niveles, etapas y ciclos de enseñanza,
así como otros materiales e instrumentos necesarios para la evaluación.
La presente convocatoria atiende fundamentalmente a criterios de calidad en la
gestión de la evaluación general del sistema educativo, garantizando que esta se realiza
con transparencia, equidad y eficiencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, artículo 3, la Secretaría de Estado de Educación ha dispuesto convocar
concurso de méritos para crear los listados de expertos y expertas candidatos para
cve: BOE-A-2023-13181
Verificable en https://www.boe.es
13181
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78571
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de
Educación, por la que se establece el procedimiento para la constitución de
un panel de expertos y expertas para colaborar con el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa, para la elaboración y revisión de materiales e
instrumentos de evaluación asociados a las evaluaciones del sistema
educativo.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), establece en su artículo 143 la
Evaluación general del sistema educativo. «El Instituto Nacional de Evaluación
Educativa, en colaboración con las Administraciones educativas, en el marco de la
evaluación general del sistema educativo, realizará las evaluaciones que permitan
obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las Comunidades
Autónomas como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones versarán sobre las
competencias establecidas en el currículo y se desarrollarán en la enseñanza primaria y
secundaria. […]». En el apartado 143.2 se indica que «A tal fin, en el último curso de
educación primaria y de educación secundaria obligatoria, el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa, y los organismos correspondientes de las Administraciones
educativas […] llevarán a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las
competencias adquiridas por los alumnos o alumnas».
Por otro lado, el artículo 144, en relación con la Evaluación de diagnóstico establece
que «En el cuarto curso de educación primaria todos los centros realizarán una
evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por su alumnado. Esta
evaluación, que será responsabilidad de las Administraciones educativas, tendrá
carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el
alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa».
En el artículo 142 se recoge que «Realizarán la evaluación del sistema educativo e
Instituto Nacional de Evaluación Educativa y los organismos correspondientes de las
Administraciones educativas que estas determinen, que evaluarán el sistema educativo
en el ámbito de sus competencias».
En la Disposición final quinta, apartado 8 de la LOMLOE, Calendario de implantación,
se indica que «Las evaluaciones de diagnóstico a las que se refieren los artículos 21
y 29 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación comenzarán a aplicarse en
el curso escolar en el que se implanten los cursos cuartos de educación primaria y
segundo de educación secundaria obligatoria», lo que corresponde al curso 2023-2024.
Por su parte, está previsto que la primera edición de las evaluaciones generales del
sistema se realice una vez implantadas las modificaciones introducidas en el currículo de
todos los cursos de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Para cumplir la tarea que tiene encomendada, el INEE precisa contar con
especialistas ajenos al mismo que colaboren en la realización de las pruebas que se
aplican a los alumnos y alumnas en los diferentes niveles, etapas y ciclos de enseñanza,
así como otros materiales e instrumentos necesarios para la evaluación.
La presente convocatoria atiende fundamentalmente a criterios de calidad en la
gestión de la evaluación general del sistema educativo, garantizando que esta se realiza
con transparencia, equidad y eficiencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, artículo 3, la Secretaría de Estado de Educación ha dispuesto convocar
concurso de méritos para crear los listados de expertos y expertas candidatos para
cve: BOE-A-2023-13181
Verificable en https://www.boe.es
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