II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE SANIDAD. Nombramientos. (BOE-A-2023-13102)
Orden SND/550/2023, de 22 de mayo, por la que se nombran los miembros del Comité de Disponibilidad de Medicamentos Veterinarios de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. II.A. Pág. 77985

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE SANIDAD
13102

Orden SND/550/2023, de 22 de mayo, por la que se nombran los miembros
del Comité de Disponibilidad de Medicamentos Veterinarios de la Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

El artículo 25.4 del Estatuto de la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios, aprobado por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea
la Agencia estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» y se
aprueba su Estatuto, establece en los párrafos b), c), d), e), f), g) y h), que el Comité de
Disponibilidad de Medicamentos Veterinarios estará compuesto, entre otros, por los
siguientes vocales:

Habiéndose recibido por parte de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación
previo acuerdo de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, y por parte de
la Asociación empresarial de la Industria Farmacéutica Veterinaria, del Consejo General de
Colegios Oficiales de Veterinarios, del Consejo General de Colegios Oficiales de
Farmacéuticos, de la Plataforma Tecnológica Española de Sanidad Animal (Vet+i) y de la
Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, las propuestas
de nombramiento de los vocales del Comité de Disponibilidad de Medicamentos
Veterinarios referidos en los párrafos b), c), d), e), f), g) y h) del citado artículo 25.4, procede
el nombramiento de los mismos.
En virtud de lo expuesto, dispongo:
Nombrar a los siguientes miembros del Comité de Disponibilidad de Medicamentos
Veterinarios, por un periodo de cuatro años:
1. Cinco vocales representantes de las comunidades autónomas, a propuesta de la
Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural.

cve: BOE-A-2023-13102
Verificable en https://www.boe.es

b) Cinco vocales representantes de las comunidades autónomas, designados por la
persona titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, a propuesta de la
Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural.
c) Dos vocales por la Asociación empresarial de la Industria Farmacéutica Veterinaria.
d) Un vocal por el Consejo General de Colegios Oficiales de Veterinarios.
e) Un vocal por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
f) Seis vocales por parte del sector ganadero, de los sectores de especies menores o
usos menores, designados por el titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad,
a propuesta del titular de la Secretaría General de Medio Rural del Ministerio de Medio
Ambiente, y Medio Rural y Marino: uno del sector de la acuicultura, uno de la apicultura, uno
de la avicultura de puesta, uno de la cunicultura, uno del sector ovino-caprino y uno del
ámbito de los animales de compañía.
g) Un vocal en representación de la Plataforma Tecnológica Española de Sanidad
Animal (Vet+i), nombrado por el titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e
Igualdad, a propuesta de la misma.
h) Cinco vocales de libre designación, seleccionados entre profesionales y expertos
con conocimientos ampliamente reconocidos en materia de medicamentos y en sanidad
animal, designados por el Consejo Rector de la Agencia, a propuesta del Director de la
Agencia, previa conformidad del titular de la Secretaría General de Medio Rural del
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.