V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (BOE-B-2023-16476)
Extracto de la Resolución de 31 de mayo 2023 del Servicio Público de Empleo Estatal de Melilla, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de colaboración con las entidades sin animo de lucro que contraten trabajadores desempleados para la realización de servicios de interés general y social en el ámbito territorial de la cuidad autónoma de melilla para el año 2023
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. V-B. Pág. 26138

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

16476

Extracto de la Resolución de 31 de mayo 2023 del Servicio Público de
Empleo Estatal de Melilla, por la que se aprueba la convocatoria, en
régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de colaboración con
las e ntidade s sin animo de lucro que contrate n trabajadore s
desempleados para la realización de servicios de interés general y
social en el ámbito territorial de la cuidad autónoma de melilla para el
año 2023

BDNS(Identif.):700035
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
700035)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en
el artículo 3 de la Orden 19 de diciembre de 1997 de acuerdo con el artículo I de la
citada Orden, las entidades sin ánimo de lucro que se obliguen a la contratación de
trabajadores desempleados, para la prestación de servicios calificados de interés
general y social y que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la
ejecución del correspondiente proyecto. no podrán obtener la condición de
beneficiario o entidad colaboradora aquellas personas o entidades en quienes
concurran alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2
y 3, de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. la
justificación de no hallarse incurso en alguna de dichas circunstancias se efectuará
mediante la presentación, junto con la solicitud de concesión de subvenciones, de
declaración responsable al efecto. será requisito para la concesión de las
subvenciones y para el pago de las mismas que los beneficiarios o entidades
colaboradoras no sean deudores por resolución firme de procedencia de
reintegros.
Segundo: Objeto.
aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro que
contraten trabajadores desempleados para la realización de servicios de interés
general y social.

La presente convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras
contenidas en la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al
régimen jurídico establecido en dicha Ley las normas reguladoras de subvenciones
que se concedan por el servicio Público de empleo estatal en los ámbitos de
empleo y formación profesional ocupacional (BOE del 1 de abril), orden del
ministerio de trabajo y asuntos sociales de 19 de diciembre 1997, por la que se
establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional
de Empleo en el ámbito de colaboración con los órganos de la administración
general del estado y sus organismos autónomos, comunidades autónomas,

cve: BOE-B-2023-16476
Verificable en https://www.boe.es

Tercero: Base Reguladora.